¿Cómo hago para que el padre se haga cargo de su hijo?

Realizada por sonia. 9 ene 2015

Tengo una orden de alejamiento y aun así quedé con él en que nos lo quedábamos un fin de semana cada uno pero él no cumple y yo no puedo ir a trabajar por eso.

Cada vez que le toca a él hay peleas con su familia porque nunca vienen y ellos dicen lo contrario que sí, pero bueno el crío siempre conmigo y de dinero ni hablar desde que el crío nació y tiene 4 años ya.

¿Cómo puedo hacer para que cumpla con su tiempo y lo devuelva él y no tenga que ir yo a buscarlo y para que le dé su manutención... solo que él no trabaja.

Con que se hiciese cargo el tiempo correspondiente yo tendría dos fines de semana al mes para trabajar en la pastelería de mi hermana y sacarme un extra.

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Buenos días Sonia:
Si hay divorcio con convenio regulador o Sentencia, denuncia su incumplimiento.
Si no estáis casados y no habéis hecho paternofiliales, tienes que empezar por ahí, presentando demanda de medidas paternofiliales, en donde fijar la pensión de alimentos y el régimen de visitas.
Un saludo. Marta Herrero.

Abogada Marta Herrero Ruiz Abogado en Irun

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Si tienes orden de alejamiento esto quiere decir que hubo o hay pendiente un procedimiento por Violencia de Género. Seguramente el régimen de visitas y la pensión de alimentos se acordaron en el Juzgado de Violencia, pero tienes que pensar que dichas medidas sólo duran por 30 días. Así pues, si en esos 30 días no has interpuesto demanda de divorcio las medidas te han caducado y él ya no está obligado a cumplir. Por el contrario, si en los 30 días interpusiste la demanda de divorcio, esas medidas se alargan hasta el juicio final y, por ello, en este caso, estaría incumpliendo teniendo la opción de denunciarlo por incumplimiento de medidas. En resumen, debes saber inicialmente si las medidas siguen en vigor. En función de ello, habla con tu abogado y tramita en le juzgado el procedimiento oportuno. Saludos, Tània Llin.

Llin Abogados Abogado en Molins de Rei

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Debe usted denunciar cada uno de sus incumplimientos en Comisaria, ya que suponen una falta de obligaciones familiares.

Respecto a los alimentos debe reclamarlos ante los Juzgados civiles, o bien, si ya los reclamó ejecutar la sentencia.

A su disposición.
Saludos

Gesmadrid Abogados Abogado en Madrid

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Estimada Sonia;

Antes de poder emitir una respuesta lo mas ajustada posible es necesario saber si existe una sentencia que regula las medidas definitivas tras la ruptura del vinculo conyugal o una sentencia de medidas provisionales. Si es así, deberás acudir a la vía judicial solicitando la ejecución de la sentencia. Para que cumpla con la obligación de visitas con respecto a su hijo y para que te abone la cuantía que ya se ha fijado como pensión de alimentos.

Si no es así, y no hay unas medidas que regulen la relación del progenitor no custodio con su hijo, lo primero que hay que hacer es presentar la demanda de regulación de medidas paterno filiales, donde se recoja un régimen de visitas, una cuantía en concepto de pensión de alimentos y demás pactos que se quieran establecer.

Si tienes cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotras. Estaremos encantadas de atenderte.

Un saludo

CRG Abogados Abogado en Bilbao

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Tendria que acudir a los juzgados para que cumpla las medidas respecto del menor, o si no las hay para que el juez las acuerde.

Isabel Andres

Efival Coop V Abogado en Valencia

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Por lo que dices creo que no te queda más remedio que acudir al Juzgado y que sea un Juez, el que establezca lo que le corresponde en cuanto a manutención y visitas. Solo así podrás luego exigirle, también por vía judicial, su cumplimiento.

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Me da la sensación que no tienes medidas sobre el hijo menor acordadas judicialmente. En tal caso eso es lo primero que deberías de solicitar. Si las tienes debes pedir su ejecución en el juzgado.

M. Teresa Martín Abogados Abogado en Madrid

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En la práctica, ningún juez puede obligar a ningún padre a que recoja a su hijo. Lo que te cabe es denunciar dichos incumplimientos, si están recogidos en Sentencia, y a partir de ahí, solicitar la patria potestad para ti sola. En cuanto al dinero, ejecutar la Sentencia, aunque si no hay dinero... poco se va a conseguir por el momento. Se conseguirá más adelante, pero la ejecución hay que presentarla para evitar prescripciones.

FDO.- DOÑA ANA ISABEL GÓMEZ

Ana Isabel Gómez Ayala Abogada Urbanista Abogado en Alhaurín de la Torre

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Si tiene sentencia podría presentar Demanda ejecutándola, para que el Juzgado le obligue a cumplirla y embargarle saldo de cuentas bancarias, paro, etc por lo debido de pensión de alimentos del hijo. Si no tiene sentencia de guarda y custodia debería presentar Demanda para conseguirla. Para todo ello precisa de abogado; somos un despacho de Barcelona expertos en Derecho de Familia, Quedamos a su disposición. V.VIVANCOS-ABOGADOS. BARCELONA.

V.Vivancos-Abogados Abogado en Barcelona

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Si existe una resolución judicial fijando régimen de visitas y pensión de alimentos puede solicitar la ejecución de la sentencia en reclamación de los alimentos impagados y del cumplimiento de las visitas. También puede solicitar la modificación del régimen de visitas.
Si existe orden de alejamiento y mientras esté en vigor la entrega y recogida del menor debe efectuarse a través de terceros.
Si el padre incumple el régimen de visitas puede solicitar la suspensión del mismo, aunque esto no le ayudaría respecto a la disponibilidad de fines de semanas alternos.
Una última vía es la denuncia penal por incumplimiento de las prestaciones fijadas en resolución judicial.

Pascual Alquézar Oliete.
Abogado - Tarragona

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Buenos días Sonia, en cuanto s tu consulta lo que habría que hacer es una ejecución de Sentencia, que cumpla con lo que se fijo. Aunque tu ex pareja no trabaje tiene unos derechos y unas obligaciones, como mínimo las personas que no trabajan deben pasar a sus hijos 150€. Un saludo

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Estimada Sonia,
al tener una orden de alejamiento tenían que haberse acordado una medidas civiles estableciéndose el régimen de visitas y la cuantía de la pensión, si es así y no lo cumple haz de iniciar un procedimiento de ejecución de sentencia.
Si no se establecieron medidas civiles haz de solicitar unas medidas de urgencia, llamadas provisionales en las que se establecerán pensión de alimentos y régimen de visitas, guarda y custodia etc.
En IRM estaremos encantadas de atenderte, y resolver tus dudas
Saludos

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Buenos días,

Ante el incumplimiento del convenio regulador debes poner una denuncia en el Juzgado de Guardia. Después de unas cuantas el Juzgado se pondrá en contacto con el padre del menor y le dirá que si sigue sin cumplir con el convenio se le privará del derecho de visitas que tiene.

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En primer lugar tendría que conocer las medidas completas adoptadas por el Juez en su momento, pero si hay orden de alejamiento, lógicamente el padre no puede acudir al domicilio tuyo para buscar al niño, tendrá que ser a través de un familiar, abuelos, tíos etc.. El importe de la pensión de alimentos , si el padre no paga puede reclamarse a través de ejecución de Sentencia, aunque si el no trabaja, o no tiene ingresos y lo puede justificar, es difícil que el juez pueda perseguir el pago, salvo que tenga bienes a su nombre, pero insisto habría que conocer las medidas iniciales para dar una respuesta adecuada.

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Buenos días Sonia,

Aunque la relación de pareja no funcione eso no es excusa para que el padre deje de cumplir con las obligaciones respecto de su hijo.

El abandono por parte de uno de los progenitores de sus obligaciones para con sus hijos es un delito tipificado en el código penal, pero para poder perseguir este tipo de delitos es necesario que exista una sentencia previa que recoja estas obligaciones.
Si ustedes están unidos por un vínculo matrimonial lo primero será interponer una demanda de divorcio y solicitar un régimen de visitas y pensión de alimentos para su hijo. Si por el contrario no existe ningún vínculo matrimonial entre ustedes, deberá interponer una demanda de medidas paterno-filiales para establecer un régimen de visitas y una pensión de alimentos para su hijo.

Para lo que necesite quedamos a su disposición.

Un saludo

Alonso & Padín Abogados Abogado en A Coruña

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Buenos días Sonia,
Informarle de que si las medidas sobre tu hijo están reguladas judicialmente, puede Ud presentar una demanda ejecutiva, que le obligue a cumplir con el citado convenio.
Si desea ampliar mas información puede contactar con nosotras, y estaremos encantadas de atenderle.
Saludos.

Beatriz Fernandez & Naiara Rabinad, Abogadas Abogado en Bilbao

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Buenos días,
En su caso debería de interponer una demanda de divorcio (o de guarda, custodia y alimentos en caso de no haber matrimonio). En dicha demanda se solicitaría que se regulase un régimen de visitas a favor del padre y se estableciese una pensión de alimentos para el menor.
Atentamente,

Bufet Ribé Garcia Abogado en Sant Just Desvern

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La única forma es recurrir al juzgado que llevó el asunto.

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Si tiene una sentencia puede solicitar en el mismo juzgado que la hagan cumplir mediante ejecución judicial. Respecto de la pensión de s lamentos si no se fijó judicialmente debe pedirlo entretanto no los puede reclamar. Lo mismo para las visitas si no están fijadas por un juez tiene que pedirlo mediante demanda un saludo

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Lo que debe hacer es plantear denuncias por incumplimiento de obligaciones familiares por la vía penal y luego plantear la ejecución de la sentencia en vía civil.
Una persona que no trabaja por ley si no ha modificado su sentencia tiene la obligación de pgar la pensión de alimentos no sería el primero que por culpa de no pagar pensión de alimentos ingresa en prisión. La pensión de alimentos es irrenunciable

Espero haya sido de utilidad y por cualquier duda, ya que he intentado resumir.
Saludos,
Meritxell Calls Oliver

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Pues sobre la pensión puedes poner una ejecución de sentencia que acabará en un embargo si tiene bienes. Si no tiene nada y los hijos precisan alimentos puede llamarse a los abuelos al proceso. Si no tienen nada ninguno te queda la vía penal, incumplir los convenios es delito, o falta en los casos de menor gravedad. Le impondrán una multa, y si no la puede pagar, un día de cárcel por cada 2 días de multa.

Paula Manzano, abogado col 39.527

El Pont Advocats Abogado en Badalona

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Buenos días Sonia,

Ante el incumplimiento del convenio regulador debes poner una denuncia ante el Juzgado de Guardia. Tras unas cuantas denuncias por incumplimiento del convenio el Juez mandará revisarlo y puede incluso quitarle el derecho de visitas que tiene sobre el menor.

Respecto a la manutención: ocurre lo mismo, si bien es cierto que si no tiene empleo alegará ser insolvente.

Espero que te haya sido de ayuda,

Punto Medio Mediación

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Entiendo que sois pareja de hecho y, por lo que comentas, que tienes ya una resolución judicial con un régimen de visitas y unos alimentos para tu hijo. de ser así lo que tienes que pedir es la ejecución de esa resolución para exigir el pago de alimentos y el cumplimiento de las visitas pero, en cualquier caso, pondera la posibilidad de que los encuentros entre padre e hijo tengan lugar en un punto de encuentro (actualmente colapsados) o que sea un tercero quien tenga que recoger y entregar al niño, todo esto mediante una modificación de las medidas.

Si por el contrario no tienes resolución judicial has de iniciar el procedimiento para acordar todo esto

Gutiérrez & Riesgo Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días,

Deberá interponer una demanda de divorcio o de disolución de unión estable de pareja solicitando medidas paterno-filiales. En dicha demanda deberá solicitar un régimen de visitas para su hijo así como la oportuna pensión de alimentos para el menor en función de sus necesidades y los ingresos del padre. Para ello, le recomiendo que se haga con los servicios de un buen abogado de familia.

Atentamente,

Abogada Sandra Burgos Abogado en Sabadell

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