¿Cómo funciona una ejecución por vía de apremio sentencia laboral?

Realizada por Mariano. 20 sep 2012

Hola,

Acordé en el Juzgado de lo Social con mi empresa una indemnzación por despido y los salarios atrasados, por impago de salarios que la empresa en el tiempo pactado. Presentamos en los mismos juzgados una solicitud de ejecución por vía de apremio hace ya dos meses. No sé exactamente cómo funciona esto, pero en este tiempo la empresa está abandonando las instalaciones y sé que los trabajadores que quedan en la empresa no están cobrando. Me gustaría tener información de cómo se procede en estos casos. Hasta donde yo sé, la empresa no ha iniciado Concurso de Acreedores.


Agradecería muchísimo vuestra ayuda.

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Buenos Dias,
Mediante el procedimiento de ejecución se intentan buscar bienes de la empresa, cuyo valor cubra las cantidades económicas acordadas en concepto de despido y de salarios atrasados. Si la empresa dispone de bienes, se procede a la ejecución de los mismos con el fin de atender el pago de las cantidades pendientes de cobro, si por el contrario no se consiguen encontrar bienes con el fin de pagar dichas cantidades, se declara la insolvencia de la empresa a los efectos de este procedimiento. La declaración de insolvencia de la empresa te permitirá acudir al FOGASA para el cobro de las cantidades de las que este es responsable en concepto de Indemnización y de salarios.

Un saludo,
IR Lex Abogados.

IR Lex Abogados Abogado en Murcia

97 respuestas

96 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Ok, muchísimas gracias por vuestra información. Entonces el Juzgado se ocupará de buscar esos bienes o debemos aportar nosotros la información sobre los posibles bienes de la empresa?

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

El Juzgado acordará el embargo de bienes en cuantía suficiente para cobrar el principal, intereses y costas de la ejecución, según las cuantías que han solicitado en su solicitud de ejecución. Si cuando realicen el trámite, no encuentran bienes, declarará la insolvencia de la empresa para que pueda cobrar del FOGASA. Reciba un cordial saludo.

Ana García Vázquez Abogado en Madrid

244 respuestas

285 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas