¿Cómo debo actuar para quitar el embargo nómina por la manuntención de hijos?

Realizada por miguel. 25 may 2017 Pensión alimenticia

Soy Español, vivo en Extremadura. Hace 17 años me separé y en el convenio regulador el piso familiar, el ajuar y más de 80% de los ahorros familiares pasaron a nombre de mi ex-mujer, además del 70% de mi sueldo 15% por cada hijo y 25% por pensión compensatoria. Dos años más tarde y provocado por cambio de vida de mi ex, incluída la expulsión de la casa familiar con violencia de mi hija mayor, procedí a interponer cambio de medida, a resultas de la misma, el juez confirmó el convenio regulador por no haber cambiado la situación familiar.


Ese mismo día de la sentencia, el juez me comunicó que tenía una demanda porque mi ex-esposa denunciaba que no tenía para dar de comer a mis hijos, recibiendo a los pocos días una resolución del juzgado que me embargaban el sueldo, a lo que interpuse reclamación, adjuntando fotocopias de todos los pagos realizados mensualmente a la cuenta de mi-esposa, así como todas las cantidades ingresadas una autentica barbaridad, pero el juez alegó que la pensión y anualidad de alimentos era un bien personalísimo y que por tanto sentenciaba el embargo de la nómina como medida preventiva. Mis dos hijos pequeños, hoy, tienen 26 y 23 años, y su madre sigue cobrando por los dos. Mi hijo de 26 años, ha aprobado un concurso-oposición y ha conseguido un trabajo, el de 23 sigue estudiando y la mayor que tiene actualmente 30 años y que me fué concedida la custodia y guarda de la misma en el divorcio, nunca ha recibido anualidad de alimento ni nada de su madre: ¿qué debo hacer para poder, por lo menos, dejar de pagar la anualidad de mi hijo de 26 años?

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Buenas tardes.
Debé plantear modificación de medidas para la extinción de la pensión de alimentos de su hija que trabaja, de igual manera si la hija que está con usted no es independiente económicamente podrían pedir ambos una pensión a cargo de la madre. Sin otro particular reciba un cordial saludo.

David López de la Rosa Abogados Abogado en Badajoz

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Buenos días Miguel:
Debe iniciar procedimiento de modificación de medidas definitivas, ya que han variado las circunstancias.
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Josefina Jiménez Álvarez
Abogada

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