¿Cómo cobrar la manutención de mi hijo por embargo?
Realizada por Angeles. 14 ene 2014
Hola, les cuento mi problema. Denuncié al padre de mi hijo porque no me abonaba la manutención por convenio regulador. Me pasaba 100 euros en vez de pasar los 184. Al ganarle el juicio, él apeló. El juzgado desestimó su recurso por que se le pasó de tiempo el plazo y no lo hizo bien, con lo cual mi abogada ha ejecutado la sentencia y el juzgado ha embargado una cuenta que tiene de la cual ahora mismo no hay saldo y me adeuda más de dos mil euros. Le pregunto a mi abogada que pasaría si no ingresara en esa cuenta dinero al estar embargada y me dice que nada....que habría que esperar hasta tener dinero para embargarlo cosa que la verdad no me cuadra. Mi pregunta es la siguiente: ¿Qué puedo hacer para cobrar esas cantidades y la nueva cuota que me tiene que ingresar por ipc que ahora mismo asciende a más de doscientos euros mensuales? No hace nada la justicia a pesar de que le gané el juicio y se demostró que a pesar de estar en el paro tenía patrimonios para poder abonar esa cantidad a su hijo por alimentos? Mi abogada no me sabe responder, sólo me dice que a esperar, y he leído por aquí que la deuda prescribe a los cinco años... por favor, necesito que me asesoren bien para poder exigirle yo a mi abogada. Gracias.
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Buenos días
Si una persona no paga voluntariamente, lo que debe realizarse es el embargo de sus bienes (cuentas, coche, piso, prestaciones, devoluciones de Hacienda, etc) Sino tiene bienes a embargar, la deuda va creciendo y se podrá intentar de nuevo embargos transcurrido un tiempo, hasta que tenga algún bien.
Somos un despacho de abogados de Barcelona expertos en Derecho de Familia y Violencia en el ámbito familiar. Quedamos a su disposición.
Precisamente por eso le gané el juicio, él alegó que se encontraba en situación de desempleo, pero la juez , mediante la oficina de averiguación patrimonial, descubrió que tenía bastantes bienes y dinero en IPF. Pero mi pregunta sigue siendo la misma. Le pueden llegar a embargar los bienes ya que en la cuenta a la cual se ha procedido al embargo está a cero? Cuánto tiempo se me demorará esta situación hasta que me lo comuniquen? Gracias.
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Tiene bastante patrimonio por eso le gané el juicio, es más dinero en cuentas al 50% para no pagar la pensión.
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Puede uv embargar la prestación por desempleo si sobrepasa el salario mínimo que asciende a 645€, en su defecto cualquier bien o derecho del que sea titular su exesposo y si deviene ineficaz por falta de bienes, puede uv acudir a la jurisdicción penal y denunciar el impago de pensión al considerar dicha conducta un ilícito penal.
Apreciada Maria Angeles, si una persona no tiene dinero no se le puede obligar a pagar, como es lógico, Pues donde no hay de donde sacar no se puede sacar. Otra cosa es que tenga dinero "escondido" en otro sitio. Si se descubre que su marido tiene dinero pero no paga porque no le da la gana, entonces lo puede denunciar penalmente, ya que es un delito.