Cobrar la R.A.I y dudas al respecto

Realizada por Francisco Goncalves Manuel. 3 ene 2018

Hola, yo cobro una incapacidad permanente total de 438eu y mi mujer va a cuplir los 45 años y quisieramos saber si la podría cobrar la R.A.I.

Tenemos un hijo de 26 años que trabaja en la universidad y hace le doctorado (Doctorado subencionado ) le llaman o algo así, el cobra 1255 eu con pagas extras incluidas, estamos en un piso de alquiler el cual el contrato de alquiler esta a nombre de el.

Nosotros solemos estar 20 dias o así al mes y nos vamos a la aldea de otra provincia donde estamos empadronados los 3 en la misma casa.

Necesitaria saber si así podria cobrar la R.A.I ,o tendria que empadronarse mi hijo en la actual ciudad donde vive.

Un saludo y gracias.

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La Renta Activa de Inserción ( RAI ) es una ayuda para desempleados en situación de necesidad económica y que tienen graves dificultades para acceder de nuevo al mercado de trabajo.

Está destinada a parados de larga duración mayores de 45 años, emigrantes retornados mayores de 45, víctimas de violencia de género o personas con discapacidad igual o superior al 33%.
Para recibir esta ayuda debe encontrarse necesariamente en una de estas cuatro situaciones:

1) Parados de larga duración mayores de 45 años
2) Emigrantes retornados mayores de 45 años
3) Víctimas de violencia de género o doméstica
4) Personas con discapacidad igual o superior al 33%

Y además:

• Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo
• Ser menor de 65 años.
• No tener ingresos propios superiores a 530,78 € mensuales.

• Que la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar, (el solicitante, su cónyuge y sus hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos), dividida por el número de miembros que la componen no supere 530,78 € mensuales por miembro.

• No haber cobrado el propio Programa de Renta Activa de Inserción -RAI- en los 365 días naturales anteriores a la fecha de solicitud del derecho a la admisión del programa. Salvo en el caso de víctimas de violencia género o doméstica y personas con discapacidad, que si pueden pedir la RAI tres años seguidos, el mayor grupo de solicitantes (parados de larga duración mayores de 45 años y emigrantes retornados) no pueden pedir la RAI dos años seguidos.

• No haber sido beneficiario de tres Programas de Renta Activa de Inserción anteriores. La RAI se puede cobrar como máximo tres anualidades.

Espero que la información le sea útil, podéis profundizar en la oficina más cercana del SAE de su localidad.

Anónimo-322753 Abogado en Sevilla

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