Cobrar en B

Realizada por R.G.. 17 dic 2014

En mi empresa nos han bajado el sueldo y lo compensan cobrando en B una cantidad. No nos parece bien pero nos dicen que es la única forma de no despedir a nadie.

¿Qué podemos hacer?

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Buenos días R.G.,

Pueden Vds. acudir a la inspección de trabajo para que levante actas de liquidación de cuotas por las cantidades percibidas en B, con la sanción pertinente y los recargos oportuno para no ver minorados sus derechos de jubilación, prestaciones por desempleo subsidios de it o at, etc.

Pueden además Vds. acudir a la Inspección de Hacienda a fin de poner en su conocimiento los pagos en B que están realizando exentos de retenciones.

Si no hubo descuelgue salarial pactado con la RLT de su empresa, entonces individualmente o colectivamente podrán Vds. reclamar la diferencia entre lo que perciben y lo que debieron percibir. Disponen de un año para hacerlo desde que se adopto la medida por el empresario.

No duden en ponerse en contacto con nosotros para un asesoramiento personalizado.

Reciban un cordial saludo,

Departamento Laboral
Dolorier & Asociados Abogados

Anónimo-226992 Abogado en Madrid

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