Cierre de empresa y estoy en periodo de prueba

Realizada por NOEMI. 13 jun 2014

He dejado un trabajo para ir a otro que me pagaban más y a los 15 días me entero que la empresa cierra a finales de mes. ¿Tengo derecho por haber dejado el trabajo anterior voluntariamente y ahora no terminar el periodo de prueba? ¿Puedo pedir indemnización por hacerme dejar un trabajo y ahora cerrar la empresa ya que ellos sabían que yo dejaba otro trabajo para trabajar con ellos? Gracias y un saludo.

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Buenas tardes:

Respecto a su trabajo anterior, si cesó su relación voluntariamente no tiene derecho alguno. Respecto con el nuevo, tiene derecho a la correspondiente indemnización.

Respecto al daño causado, salvo pueda acreditarlo de alguna manera, por perjuicio, podría llegar a hacer algo, pero lo veo muy inviable.

Bermúdez&Asociados Abogado en Lugo

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Su situación es peculiar. En principio, al estar en periodo de prueba, no tiene derecho a indemnización. Respecto a la indemnización porque considera que la han engañado, habría que ver si cierra la empresa o solo un centro de trabajo, si lo primero, lo más seguro es que no tengan patrimonio y por lo tanto no va a percibir nada (y esta indemnización no sería cubierta por el FOGASA). ¿Cuánto tiempo llevaba en la otra empresa? ¿Se ha planteado la posibilidad de una actuación fraudulenta de las dos empresas que en connivencia le hiciesen creer en una expectativa para que la empresa en la que estaba pudiese quedarse sin usted sin pagarle? El tema tiene peculiaridades que deben llevar a estudiar todas las vías que puedan permitir buscar un eventual fraude. Póngase en contacto con nosotros y podremos estudiar las actuaciones oportunas.

Suárez & Núñez Abogados Abogado en Tarragona

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Buenos días.

Lamentablemente en su situación será de aplicación lo correspondiente al cierre de empresa en relación con su periodo de prueba, esto es finalización de la relación laboral sin más. Ahora bien, cosa distinta es el conocimiento del empresario del cierre de la empresa en pocos días realizándole una oferta de trabajo y condicionándole a causar baja en el anterior, lo cual deberá ser demostrado por usted y podría conllevar una indemnización.

Estamos a su disposición para ampliar la respuesta.

Un saludo.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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