Capitulación de bienes

Realizada por Maria. 11 dic 2016 Derecho de Sucesiones y Donaciones

Soy de Salamanca. Mi nombre es Maria. En breve me casaré pero haré separación de bienes. Si mi marido fallece, al tener separación de bienes, ¿tengo derecho a pensión de viudedad?

Según tengo entendido si yo fallezco antes que él, mis bienes quedan en usufructo. ¿Se puede añadir cláusula al hacer la separación de bienes indicando que en caso de fallecimiento sí pueda vender mis bienes? Yo quiero que sea así, que pueda hacer y deshacer cuando quiera una vez fallecida yo.

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Buenas tardes:
Estoy de acuerdo con mis compañeros en cuanto a la pensión de viudedad, no así en cuanto a los bienes. Si no existen hijos pero sí viven sus padres, estos tienen derecho como mínimo a la legítima si usted ha hecho testamento, si no lo ha otorgado, serían sus padres los herederos de todos los bienes, pues preceden a su marido, según el artículo 807 de Código Civil que dice:
Son herederos forzosos:
1. º Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
2. º A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
3. º El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.
Quedamos a su disposición para cualquier duda o aclaración.
Jiménez Álvarez Abogados

Josefina Jiménez, Abogada Abogado en Madrid

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Buenas Tardes, como muy bien me informa el compañero tendrá derecho a la pensión de viudedad y si otorga testamento podrá dejarle sus bienes a su marido si no exigen hijos, pues de tenerlos tendrán derecho como herederos a la legitima.

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días María.

Caso de fallecimiento de su esposo, claro que tiene derecho a la pensión de viudedad, siempre que transcurran dos años desde el matrimonio, auque estén casados por el régimen de separación de bienes.

para el caso de que usted fallezca antes y quiera dejarlo todos sus bienes a su esposo, siempre y cuando no tengan hijos, puede hacer usted testamento pidiendo que le lega todo a su marido, y en caso de que en el matrimonio existan hijos, le puede dejar el usufructo vitalicio de todos los bienes, y si alguno de sus hijos se negase que se le limite sus derechos sucesorios a la legítima estricta.

Si desea ampliar la información no dude en contactar con este despacho..

Un saludo

David López de la Rosa Abogados Abogado en Badajoz

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