Tengo un sobrino en acogida desde hace tres años. La justicia impuso a su madre la obligación de ingresar 150€ cada mes para ayudarme con los gastos del niño. Ahora yo me veo en la necesidad de cambiar la domiciliación de este ingreso y no sé cómo hacerlo.
No me atrevo a ponerme en contacto con la madre, es muy belicosa y no sé cómo proceder, quisiera hacerlo de forma legal para que no pueda decir que no le ha llegado el comunicado del cambio.
Muchas gracias
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Cualquier cambio que realices en relacion a pensiones de alimentos y hago incapie en ello pension de alimentes ,manuntencion o como quieran llamar ,debe de hacerse a traves del Juzgado que entendio de la causa que acordo dicha pension ,por lo tanto domicilio ,cambio d enumero de cuenta a ingresar etc a traves de escrito dirigido al Juzgado que entendio de dichas medidas acordadas ,lo cual lo podras hacer a traves de tu abogado y procurador personado y el Juzgado al igual se le comunicara a la otra parte a traves de su procurador y el abogado de ella tendra la obligacion de comunicarselo la nueva cuenta dada por usted y asi se quitara de hablar con ellla .Ojo despues de una separacion y cuando haya habido medidas judiciales acordadas ,todo ajustandose a la resolucion judicial para evitar sorpresas .Espero haberte atendido
Buenas Tardes Paki, le informamos que el cambio de cuenta para el abono de la pensión de alimentos, deberá comunicarse al Juzgado que dictó la sentencia. Para cualquier consulta, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!