Calculo de la Base Reguladora. ¿Aplicación o no del 50%?

Realizada por Pedro Lopez. 23 dic 2015

Calculo de la Base Reguladora. ¿Aplicación o no del 50 %?


En el cálculo de la base reguladora de una IP, en el caso de enfermedad común, en el caso de no alcanzarse los 15 años cotizados, el porcentaje aplicable será el 50 por 100%. Determinada así la base reguladora, a la misma se le aplicará el porcentaje previsto para el grado de incapacidad reconocida (55%) y se obtendrá la cuantía de la pensión.


¿Es correcto que se aplica el 50% en que se describe en las webs de la SS, más luego a parte el 55 % si es para una IP Total?

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Buenos días. A efectos de calcular la base reguladora en los casos de incapacidad permanente, depende de la edad y de las cotizaciones, en función de la edad, se requieran unas u otras cotizaciones. Una vez se tiene la Base Reguladora, en función del grado de incapacidad permanente se le aplica el 55%, el 75%, o el 100%. Dicho todo esto, para poder determinar con exactitud que Base Reguladora tiene, y que pensión por incapacidad permanente le quedaría, póngase en contacto con nosotros, necesitaremos la vida laboral actualizada y las bases de cotización de los últimos 8 años para realizar el cálculo.
Un cordial saludo,
Atentamente,
Albert García Graduado Social de AGS GRADUADOS.

Ags Graduados Abogado en Terrassa

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