Baja por IT y pagas extra

Realizada por Alejandro. 16 mar 2016 Abogados laboral

Desde el pasado 15 de febrero me encuentro en situación de baja por IT.


Al recibir la nómina de febrero, he visto que no se me incluye la parte proporcional de las pagas extras (mi empresa las prorratea).


Según he leído durante el tiempo que esté de baja, estas están incluidas en la cuantía que percibo.


La duda es la siguiente.


Teniendo en cuenta que la baja comenzó el 15 de febrero, y habiendo trabajado todo el mes, entiendo que debería haber percibido el 50% de las pagas extras. ¿Estoy en lo cierto?

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Buenos días Carlos,
Cuando estas de baja, si el Convenio Colectivo no especifica ningún complemento adicional, tu retribución será la siguiente: los 3 primeros días no cobras, del 4º día al 15º día cobraras el 60% a cargo de la empresa, del 16º día al 20º día cobraras el 60 % a cargo de la Seguridad Social y a partir del 21º día de baja cobras el 75º a cargo de la Seguridad Social (aunque te lo pagará la empresa como pago delegado). Todos estos porcentajes se calculan sobre la base de cotización del mes anterior al de la fecha de baja.
Si necesitas más información, no dudes en ponerte en contacto con este despacho.
Un saludo.

Josefa Sevilla
Graduado Social

Jorge Muñoz Consultores S.L.P Abogado en Valencia

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