Baja por incapacidad permanente

Realizada por Cele. 17 nov 2014

¿Si estoy de baja por enfermedad común en una empresa de seguridad y me dan la incapacidad permanente por el tribunal médico tengo algún derecho a indemnización por parte de la empresa según el convenio colectivo art. 60?

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Estimado/a,

No tiene derecho a indemnización.
El convenio obliga a las empresas a contratar una póliza de seguros colectivo de accidentes de trabajo. Por lo tanto Vd. tendría derecho a que la compañía de seguros que tenga su empresa contratada le abone el capital de 38.794.95€ en el caso de que la incapacidad permanente fuera total o absoluta y que esta sea consecuencia de un accidente de trabajo o de enfermedad profesional. Su comité de empresa debe tener copia de la citada póliza de seguros.

Quedamos a su entera disposición.

Reciba un cordial saludo,

Departamento Procesal.

Anónimo-226992 Abogado en Madrid

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