Autónomo o empresa

Realizada por Ana. 12 nov 2014

Quisiera asesoramiento jurídico para montar una empresa. No sé si lo que quiero montar me permite ser autónoma sin necesidad de constituir una empresa.

Quería a través de una página web poner en contacto empresas que ofrecen sus productos con descuento, y que puedan ser compradas por clientes y yo me llevo una comisión por cada venta que se cierre online por el servicio prestado.


Gracias y espero noticias suyas.

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Estimada Ana, en relación con la cuestión planteada, y sin perjuicio de concretar mejor su futura situación laboral, por lo que expone y dado que no necesita invertir en capital para el desarrollo de tu actividad, te recomiendo que ejerza su futuro negocio dándote de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, ya que lo que el objeto de su actividad se concretaría en la prestación de unos servicios encuadrables en una actividad mercantil de un contrato de agencia o de comisión.
El constituir una sociedad, al margen de los gastos notariales y de registro, supondría que, como mínimo deberías invertir en capital social un importe de 3000,00 euros para constituir una sociedad limitada.

Espero haber resuelto satisfactoriamente sus dudas, para cualquier otra aclaración no dude en contactar con esta letrado.

Atentamente.

Cristina Grande- Abogada Especialista En Familia Y Herencias - Abogado en Ourense

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Buenos días Ana,
Para ejercer cualquier tipo de actividad bien sea Profesional o Empresarial, siempre has de esta dada de Alta en la AEAT - Hacienda para entendernos - y ademas en la Seguridad Social, bien como Autónoma caso de ser Empresa personal, o Sociedad con mas del 25% de acciones.
Existen realmente muchas Empresas en Internet que ofrecen sus servicios y realmente no están dadas de Alta en la Agencia Tributaria. Todas estas Empresas funcionan de manera incorrecta y tarde o temprano, tendrán la visita de un Inspector, con la consiguiente Sanción. Un saludo.

Iglesias Rodriguez, Bufete De Abogados Abogado en Madrid

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Lo que usted plantea puede hacerse sin necesidad de constituir una empresa, siendo autónoma, aunque nuestra recomendación siempre es ejercer las actividades económicas a través de una sociedad, para delimitar bien las responsabilidades.

Un saludo.

Main Advisers Abogado en Barcelona

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Para constituir una empresa es necesario solicitar el nombre al Registro mercantil central, una vez concedido hay que abrir una cuenta en una entidad bancaria, titulada sociedad en constitución, en ella hay que ingresar el capital social (mínimo S.L. 3.001,00 €), se pide un certificado al banco del ingreso del capital social y con los dos documento (certificado nombre y certificado banco), se va al notario y le constituye la sociedad, generalmente con estatutos estándar y objeto social amplísimo, aunque lo que quiere hacer usted es de intermediaria comisionista. En la sociedad el administrador debe ser autónomo, no obstante usted como persona física también puede ser autónoma y darse de alta en el IAE (Impuesto de actividades Económicas) correspondiente. No obstante le recomiendo consulte con un abogado cercano y que le asesore adecuadamente. Atentamente.

Bufete Carrasco Abogados Abogado en Castellón de la Plana/Castelló de la Plana

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