Archivado. ¿Se pueden aportar pruebas contencioso administrativo?

Realizada por julita. 4 abr 2016 Contencioso Administrativo

España. Castilla y León

Me archivaron una demanda con todas las pruebas.

Si hago recurso contencioso administrativo

¿Puedo aportar todas las pruebas?

Porque en el recurso de revisión extraordinario no se pueden aportar, no?

Tengo sentencia firme en vía administrativa.

Muchas gracias.

Saludos

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Buenos Dias Rosa, le informamos que si se ha agotado ya la via administrativa, en el plazo de los 2 meses siguientes a la notificación de la desestimación del recurso de reposición o de alzada que haya formulado, deberá instar demanda ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo aportando las pruebas que tenga para defender sus pretensiones. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Administrativo y Contencioso Administrativo y nos movemos a nivel nacional, escribanos o venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Si tiene una resolución definitiva en vía administrativa tiene el plazo de dos meses, desde que le fue notificada, para recurrir judicialmente en vía contencioso administrativa. En este proceso judicial podrá aportar todas las pruebas que estime necesarias, le aconsejo que se ponga en manos de un profesional. Buena suerte.

Celia Lledó Rico Abogado en Villena

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Para la nueva vía, sí que podría adjuntar las pruebas aportadas.

Adruino Abogados Abogado en Castelldefels

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¿La demanda fue archivada o desestimada? Ambas cosas son distintas, en el caso de desestimación de sus pretensiones, podrá interponer recurso a la vía superior, en el caso de que se archivase, le darían un plazo para subsanar los defectos de los que adoleciese la demanda. Ruego aporte más información, consúltenos.

Pascual&Abogados Abogado en Madrid

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