¿Amistoso o contencioso?

Realizada por patricia sampedro. 4 nov 2014

Tras un acuerdo de separación, casados en Barcelona en régimen de separación de bienes, me voy con lo imprescindible a pasar la noche a casa de mis padres. Al día siguiente entra un familiar suyo en el piso y no me permite hablar con él, ni por teléfono ni en persona. He de decir que el arrendatario del piso era él y yo figuraba como habitante. Sigue viniendo familia suya, hermano y madre, son de Málaga, y cambian la cerradura y me tiran en el rellano lo que consideran que es mío. Hubo intervención de Mossos d'Esquadra, intentan mediar pero ponen a su abogado en manos libres al teléfono. Desconozco de lo que hablan. Tras esto, abandonan el piso con todo, creo que se ha trasladado a su ciudad. A mí me ha dejado sin nada, ni dinero y la mitad de mis cosas no sé donde están... Su abogado se pone en contacto conmigo y me dice que ha presentado el convenio regulador en el juzgado. Pero si nosotros no hemos hablado sobre qué nos pertenece a cada uno, ¿esto es amistoso o contencioso? Porque de haber hablado hubiéramos repartido los enseres y sería amistoso o de común acuerdo firmando el convenio los dos a la vez, sin embargo al enviar el convenio al juzgado, no sé si va por vía contenciosa. Creo que el convenio que él quiere enviar es que yo renuncie a todo, firme y me vaya, si es que es amistoso, si no, no entiendo nada. Desconozco su domicilio actual. ¿Pueden hacer que me presente en Málaga por haber presentado el convenio allí?

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La competencia jurisdiccional para los procesos matrimoniales viene establecida por el domicilio conyugal o, de no existir este, por el domicilio del demandado que en este caso es Vd., el procedimiento iniciado parece ser de mutuo acuerdo con la intención de que Vd. ratifique el convenio propuesto, procedimiento que Vd, podrá convertir en contencioso si el convenio no es de su agrado, acuda en cualquier caso a un profesional de su localidad para recibir asesoramiento legal adecuado a sus circunstancias.

Bufete Rodríguez Nicolás Abogado en Torrelodones

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Vd dice que hubo un acuerdo de separación, y que el abogado va a presentar el Convenio al Juzgado. Si hubo acuerdo y hubo convenio a presentar al Juzgado, tiene que ser uno que firmaron los dos. El Juzgado les avisará para ir al Juzgado a reconocer su firma en el Convenio en cuestión, y decir si se afirman en el mismo o ya no están de acuerdo con él (en cuyo caso ya debería Vd presentar una demanda de separación contenciosa).
V.VIVANCOS-ABOGADOS. BARCELONA.

V.Vivancos-Abogados Abogado en Barcelona

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Buenas tardes Pilar,

Estoy de acuerdo con mis compañeros en relación con la competencia jurisdiccional. Por los hechos que nos relata, se trataría de un procedimiento de mutuo acuerdo. No obstante, Usted debe estudiar el contenido del convenio regulador y plantearse si le conviene ratificarse en el mismo o convertir el procedimiento en contencioso.

Saludos cordiales,

jeronilliteras Abogado Abogado en Manacor

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Buenos días,

Todo lo que relata es muy irregular.

En primer lugar, al margen de a nombre de quién estuviere el contrato, el domicilio familiar tiene estatus especial y protegido, por lo que NADIE podría obligarle a usted a irse si no era mediante pacto o sentencia judicial.

Para que el abogado de él haya podido presentar el convenio que relata debería haberlo firmado usted previamente.

Le recomiendo se haga con los servicios de un buen abogado de familia.

Quedo a su disposición.

Abogada Sandra Burgos Abogado en Sabadell

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En primer lugar, el juzgado tendría que notificarle una fecha para la ratificación del convenio en el supuesto de que haya firmado alguno, usted debe acudir a dicho acto y no firmar si no está de acuerdo, aunque lo mejor es que directamente acuda a un abogado para que investigue lo que hay realmente presentado en el juzgado, si no puede pagarlo vaya al colegio de abogados de su localidad y solicite un abogado de oficio el se encargará de asesorarle convenientemente.

Saludos,

Ana López Giráldez Abogada Abogado en Santiago de Compostela

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En el divorcio contencioso se presenta una demanda interesando la disolución del matrimonio y solicitando al Juzgado establezca las medidas que la parte demandante estime proceden.

Si se tramita un divorcio de mutuo acuerdo, se presenta un convenio regulador firmado por ambos cónyuges, en el que se establecen los pactos que han acordado.

En caso de divorcio contencioso la demanda tiene que presentarse en los Juzgados correspondientes al actual domicilio de la parte demandada, o bien, en los juzgados correspondientes al último domicilio familiar.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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El procedimiento de mutuo acuerdo implica que ambos firmen un acuerdo de voluntades denominado convenio regulador. Si Ud. no ha firmado nada, al abogado de su ex no ha podido presentar un convenio regulador. Lo que ha podido presentar es una demanda por lo contencioso. Aún habiéndose iniciado por lo contencioso, posteriormente podrán reconducirlo al procedimiento de mutuo acuerdo si pactan un convenio regulador.
Por mucho que el abogado haya presentado la demanda en Málaga, este juzgado no es competente para tramitar su separación. Lo es el del último domicilio común. Si le llega cualquier notificación de un juzgado de Málaga, deberá contratar a un abogado o solicitar uno de oficio para que presente la denominada "declinatoria por razón de competencia territorial" en el plazo de 10 días desde que le notifiquen la demanda, para que el juzgado de Málaga se abstenga de conocer del asunto.

Esperando haberle sido de utilidad,
Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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