ALTA DESPUESDE 545 Y NUEVA BAJA SIMULTANEA

Realizada por ISABEL. 3 may 2023

Hola muy buenas
tras un accidente laboral rebase los 545 días de baja. por ese motivo recibí una carta de la empresa. donde se me comunicaba:
Por medio de la presente, cúmpleme informarle que esta Empresa, en fecha 05/04/23, cursó baja en seguridad Social por agotamiento del plazo máximo de 545 días de Incapacidad Temporal, dada la exoneración legal de la cotización durante el periodo de prórroga hasta el resultado final del referido proceso de Incapacidad Temporal.
En consecuencia, la relación laboral quedó suspendida a expensas de la situación resultante que se derive del mencionado proceso de Incapacidad Temporal.De manera que si tras el agotamiento de la meritada prórroga de la Incapacidad Temporal, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, reconociera la capacidad para volver a prestar sus servicios, esta Empresa (o la que, en su caso, sea adjudicataria del centro o servicio y/o se hubiese subrogado en la relación laboral), se verá obligada en darle ocupación efectiva, en la fecha de la Resolución que le obligue a reincorporarse a su puesto de trabajo.
Mi pregunta a esto son dos: primero la baja se generó el 8 de noviembre del 2021 y a esa fecha no había disfrutado parte de las vacaciones de dicho año al igual que no he disfrutado las del 2022 ni la proporción del 2023. La empresa me debe abonar dichas vacaciones indemnización por suspensión de relación laboral temporalmente y 2º al estar en esta situación¿ pierdo la antigüedad que mantengo con la empresa.?
La siguiente pregunta está relacionada con mi situación actual : el día 18 de abril se me da de alta por dicha incapacidad, denegando la discapacidad permanente y simultáneamente el día 20 de abril me dan la baja por enfermedad común. Cual es mi situación actual y quien debe pagar esta baja y si se está cotizando por mi. o que derechos tengo
Escribo desde Salamanca( España)

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