Alquiler de piso y trastero

Realizada por AFGP. 3 sep 2020

Buenos Días,

Tengo un piso en propiedad con trastero incluido que voy a alquilar (Piso A Trastero A), y por otra parte me voy a ir de alquiler a un piso en el mismo edificio con trastero (Piso B Trastero B). Me preguntaba si en las escrituras puedo intercambiar los trasteros para no hacer la mudanza de objetos de mi trastero A el cual estoy alquilando. Es posible incluir alguna clausula para indicar que estoy de alguna manera "subarrendando" a mi inquilino el trastero B que recibo del piso B al cual me voy de alquiler.?

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Podrá subarrendar el trastero B si el contrato de arrendamiento no se lo prohíbe. En caso de que así sea el subarriendo será nulo y el arrendador podrá exigir la resolución íntegra del contrato y su desahucio tanto de la vivienda como del trastero, aunque ello implique al subarrendatario.
Podemos revisar su documentación para darle una respuesta más concreta.

José Ignacio Guerrero Suárez - SILCA ABOGADOS Abogado en Sevilla

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lo primero que tienes que tener en cuenta es si tu contrato de alquiler del piso b trastero b te permite subarrendar el piso y/o el trastero. Si no te permite subarrendar no puedes hacerlo porque estarías incurriendo en un incumplimiento de contrato.
En cuanto a cambiarlo en las escrituras, no se muy bien a lo que te refieres, si a una permuta de trasteros con el propietario del trastero b y tú (propietario del trastero A). Si no fuese así, no entiendo tu pregunta.
La mejor solución e:
a) hablarlo con el propietario del trastero b y que deje que tu inquilino ocupe el trastero, obviamente siendo tu responsable de los posibles desperfectos y del uso como si fueses tú el que lo ocupas.
b) que alquiles la vivienda b sin trastero y que le alquile el trastero b a tu inquilino (creo que esta ultima es la mejor)

VICTOR LLAMAZARES GONZALEZ Abogado en Almería

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