Ajustar mi horario de trabajo al del contrato

Realizada por Manger. 19 nov 2015

Hola muy buenos días, a continuación le hago mi consulta; Soy trabajador de una empresa en Lepe desde el año 2004, en julio de 2005 me pasaron del régimen agrario al régimen general, y en abril de 2006 me hicieron indefinido, me han tenido prorrateada las pagas hasta el año 2011 o 2012 después me dieron las pagas (3 pagas) en nómina aparte.

Tengo un contrato de 40 h semanales de lunes a viernes, pero me obligan a trabajar los sábados, domingos y festivos desde mediados de enero hasta final de mayo, pues es una empresa que se dedica a la comercialización de fresas entre otras cosas. Hasta este año no me han empezado a pagar las horas de sábado y domingo y festivos que vaya a trabajar, los 11 años anteriores no he cobrado nada por eso. Desde hace unos 3 años el Gerente me amenaza con despedirme, porque dice que he bajado el nivel de trabajo, cosa totalmente incierta, pues cada vez hay más trabajo pues tenemos más productos y todo el año estamos con trabajo y nadie se me ha quejado en eso que dice este señor. Pues mi trabajo lo sigo desempeñando como el primer día y cada día más.

Mi cuestión es la siguiente: ¿Podría negarme a trabajar los sábados, domingos y festivos, y ajustarme a lo que dice mi contrato, aunque así me despidan?, ya que si quieren que me ajuste a las leyes yo también me voy a ajustar a la Ley por contrato.

Muchas gracias, y un saludo.

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Lo primero que debe saber es que en el orden laboral (social), las deudas de la empresa prescriben al año, por lo que los impagos de los años anteriores se han perdido. En cuanto a que a Ud. le hacen trabajar fines de semana y festivos sin abonárselo, le recomendamos encarecidamente que tome medidas, ya que es un enriquecimiento injusto por parte del empresario.

Quedamos a su completa disposición para asesorarle y guiarle en los pasos que deberá dar. En cuanto a represalias por parte del empleador no se preocupe porque las mismas serian nulas, ya que estaría tomando represalias contra el trabajador que defiende los derechos de su contrato de trabajo (art. 24.1 Constitución Española).

Abogado Laboral y Seguridad Social Martínez & Asociados Abogado en Cambrils

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Buenas Tardes Manger, le informamos que si la empresa le adeuda cantidades puede y debe reclamarlas y ando además esta modificando sus condiciones de forma unilateral puede demandar a la empresa y extinguir su contrato con derecho a indemnización. Si fuera despedido podría en 20 días impugnarlo por improcedente. Si desea que valoremos su caso con detalle , en Grech Abogados somos expertos en Laboral estaremos encantados de atenderle y nos movemos a nivel nacional, venga a vernos o escribanos!

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