Tuve un accidente en 2013 en el que un chico nos dio un golpe con el coche. Nos diagnosticaron esguince cervical tanto a mi marido como a mí. El forense del juzgado nos dijo que cuando tuviésemos el alta de la seguridad social que teníamos que pasar por allí a que nos viera él. Mi marido cuando terminó fue y le concedió los 151 días de no impeditivo y 20 de impeditivo. Yo tardé mucho en que me dieran cita y cuando llamé para ir me dijeron que como había tardado mucho en ir que ya habían cerrado el expediente o algo así y que me habían dado 30 días de no impeditivo y 20 de impeditivo.
Mi abogado habló con ellos y me volvieron a ver. Y con los papeles de la seguridad social me concedieron 20 de impeditivo y 315 de no impeditivo. La parte contraria ha puesto muchas trabas y se ha parado el juicio en dos ocasiones. En una para que pidieran los informes al hospital y en otra porque nos mandaron a una forense de parte.
Después de todo esto a 20 días del juicio nos ofrecen 6500 euros a mi marido que es la totalidad de lo que le concedió el forense pero a mí solo 6300. Mi pregunta es si debería aceptar o si al ir a juicio tengo posibilidades de acercarme más a la cantidad queme concedió el forense del juzgado.
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Todo va a depender de la documentación medica de la disponga usted y que aporto al forense si tras la aportación de su historia clínica resulta algún/OS documentos que pueden revelar que el forense no dispuso de toda la información medica y que por ese motivo fijo el numero de días de baja que fijo, lo normal seria que el juez rebaje la indemnización.
Si no es este su caso, lo usual es que el juez acabe dando por bueno lo que dice el forense aunque el contrario haya aportado un informe contradictorio , porque suelen entender que el forense es mas objetivo que un perito que contrata la parte contraria.
Desconozco el año en que se produjo el accidente, que es lo que va a determinar la aplicación de uno u otro baremo. Si tuvo lugar en 2014 se aplicará el baremo previsto para ese año de modo que 20 días impeditivos x 58,41 = 1168,20 euros + 315 días no impeditivos x 31,43 = 9.900,45 euros. Total 11.068,65 euros (como digo aplicando el baremo de 2014).
Lo que se debe valorar en este punto son la posibilidades de éxito en caso de celebrar juicio y la contundencia de los informes médicos que lleve usted y del forense. Esto último sólo puede valorarlo el abogado que lleve el asunto. Consulte con él.
Buenos Dias, en relación con la consulta realizada, le informamos que dado que tiene usted representación letrada, acuda a él que es que conoce el caso y sabrá como proceder. Buena suerte
Si tiene usted un abogado creo que ddberia consultar con el, que es quien tiene todos los datos objetivos. Las indemnizaciones en accidentes de circulacion se conceden según el Baremo vigente y eso es lo que se aplica. Saludos
Según menciona, cuenta ya con un Abogado. Le sugerimos que siga las instrucciones de su Abogado, él/ella sabrá darle un asesoramiento preciso, teniendo en cuenta que conoce de primera mano su caso.
Reciba un cordial saludo,
Departamento Procesal
Dolorier & Asociados Abogados