Accidente laboral

Realizada por Luoe. 10 may 2015

Buenos días, les explico mi problema.

Soy azafata de congresos, por lo tanto me hacen contratos temporales o de obra. El pasado día 25 de marzo me tocó trabajar una mañana con la mala suerte de que tuve un accidente laboral; me caí de un escenario y tengo la cadera rota por varios sitios y me dan reposo para muchos meses, e incluso me han puesto una silla de ruedas.


¿Tengo derecho a cobrar estando de baja aún así de que fuese un contrato temporal? Un saludo

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Buenos días, Luoe:

Ahora tu contrato se encuentra suspendido por período de incapacidad derivado de IT por AT. Para cubrir la este período de carencia de rentas de trabajo por estar impedida, se prevé el subsidio por IT, que debe pagar el empresario. Lo que sí puede pactarse es un complemento empresarial a este subsidio.

Y debes tener en cuenta lo siguiente: se presume que no hay ampliación de la duración normal de tu contrato, salvo pacto en contra con tu empresario. Así que deberías ponerte de acuerdo con él, para evitar malentendidos en este sentido.

Si necesitas más asesoramiento, no dudes en contactarnos.

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Buenos Dias, le informamos que usted tiene derecho a cobrar la baja por IT, mientras dure esa situación. Si la empresa no lo pagara, podría usted denunciarla. Si desea que valoremos su caso, en Grech Abogados estaremos encantados de atenderle!!!!

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Estimada Luoe,

Por supuesto que sí, no sé cuál es su provincia de residencia. Si lo desea puede contactar con nosotros donde podremos ofrecerle un asesoramiento íntegro del tema sin compromiso .

Un saludo.

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