Accidente de tráfico, ¿corresponde indemnización?

Realizada por Javier. 29 oct 2013

Hace un mes iba de copiloto en una ambulancia trabajando, íbamos a una emergencia con rotativos y al llegar a un cruce nos saltamos un semáforo, un vehículo no nos vio y colisionamos contra él. Del choque tengo dos dedos fracturados, el resto de ocupantes no les pasó nada afortunadamente. A día de hoy estoy de baja aún escayolado y hablando con gente me dicen que me corresponde indemnización, pero teniendo en cuenta que la culpa del accidente es nuestra... ¿es eso cierto? ¿Se pone en contacto la aseguradora conmigo? No sé, es la primera vez que me ocurre algo así. Gracias.

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Sr. Javier, el hecho de ser copiloto ya le otorga una indemnización. Usted no conducía. Por lo tanto tiene ese derecho tanto por los días de baja, como por las secuelas que le queden. Tiene usted 6 meses desde la fecha del accidente para presentar denuncia. No espere que la compañía se ponga en contacto con usted, es posible que no lo haga. Presente la denuncia lo antes posible y contrate a un abogado.
Saludos.

Bufete Sánchez-Berja Abogado en Vilanova i la Geltrú

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En principio, sí tendría derecho, aunque habría que examinar con detenimiento las condiciones generales y particulares de su póliza de seguros. Tenga en cuenta que hay que presentar el parte, en los 7 días siguientes al siniestro, aportando la documentación justificativa de las lesiones.

Esdeley Abogado en Madrid

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Por supuesto que te corresponde una indemnización , no fue tu culpa tu no ibas conduciendo y el seguro de responsabilidad civil por accidente de tráfico indemniza siempre a los ocupantes de los vehículos.
Lo que tendrás que hacer es reclamar tu indemnización a la compañía aseguradora de la ambulancia, primero amistosamente si lo prefieres o poniendo una denuncia en el juzgado si no surte efecto (dispones de 6 meses para la denuncia ).
La indemnización por día de baja impeditiva está valorada en 58,24 euros y la indemnización por día de baja no impeditiva es de 31,34 euros , y eso siempre y cuando no tengas alguna secuela, como ves las cantidades tienen cierta consideración. Estamos a tu disposición si deseas más información.

Saludos.

Ana López Giráldez Abogada Abogado en Santiago de Compostela

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Buenas tardes Javier:

Por supuesto que tienes derecho a indemnización. El ocupante no conductor siempre tiene derecho a indemnización. Lo lógico es que te pongas en contacto con un abogado y éste negocie la indemnización con la compañía aseguradora. Tienes que tener precaución porque hay un plazo de 6 meses desde la indemnización para poder reclamar. Aquí se da la paradoja que "choca" a mucha gente que hay que denunciar muchas veces al conductor para que responda su aseguradora.

No obstante, lo primero es ponerse en manos de un abogado, solicitar un peritaje, que calcule los días de baja y los puntos de lesión y con eso, negociar con la compañía aseguradora.

Estamos a su disposición, si quiere ampliar información o incluso negociar su indemnización.

Un saludo.

Abogados Puerta Del Sol Abogado en Madrid

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