Accidente de tráfico con una menor

Realizada por eva. 14 ene 2014

Hola, mi hermana menor de 16 años fue atropellada en un paso de peatones hace un año y medio con daños de ligamentos cruzados. Fue operada, desde el momento número 1 nos asignaron abogado de asistencia gratuita la compañia y yo hemos llegado a un acuerdo después de un año y medio y no se celebra juicio. Ahora el abogado me dice que tiene que cobrar minutas y su procurador, ¿esto es legal si es asistencia gratuita? ¿A él le paga el estado? Es urgente.

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Buenos días

Por lo que comenta los honorarios de su abogado los paga el seguro, y puede tener un límite de cobertura en su póliza. Habría que estudiarla. Somos un despacho de abogados de Barcelona; quedamos a su disposición.

Un cordial saludo.

V.Vivancos-Abogados Abogado en Barcelona

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En la póliza de seguro suele estar incluida la cobertura de "defensa jurídica", y generalmente el importe oscila entre 2.000 y 3.000 euros de cobertura.

Para el caso que relata (accidente de tráfico que se tramita como juicio de faltas y no llega a celebrarse vista oral por acuerdo extrajudicial), el importe de los honorarios no debería exceder en ningún caso de 3.000 euros, por lo que considero que seguramente estará incluido el importe de los honorarios en la cobertura de la póliza.

Si la Compañía le asignó abogado con "asistencia gratuita" hay que presuponer que en realidad se refiere a la cobertura de asistencia jurídica incluida en la póliza. Es decir, la compañía de seguros le ofrece abogado gratis a cargo o cuenta de la póliza. Por lo tanto, no habría que pagarle honorarios.

Por otra parte, al abogado no le paga el Estado, como indica Vd., sino la propia compañía de seguros.

Lo más aconsejable es que Vd. remita la minuta del abogado y la documentación del caso (las fotocopias de la actuaciones penales) a un abogado, para que estudie el asunto y la procedencia de la reclamación de honorarios así como en su caso la viabilidad de una oposición a dicha reclamación.

Si quiere encomendarme la defensa de sus intereses jurídicos, estoy a su entera disposición.

Saludos cordiales.

Miguel Guillén Llovería Abogado en Zaragoza

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Habría que estudiar la póliza de seguro. Si se lo puso el seguro entonces no le paga el estado, si no el seguro y puede que la compañía tenga un límite de cobertura. En cualquier caso, siempre es mejor consultar con un abogado ajeno a la compañía para segurarse que no haya ningún problema.

S&N assessors Abogado en Vilafranca del Penedès

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