¿Abandonar el piso después del año firmado con preaviso de 30 es incumplimiento?

Realizada por Sensacional. 20 ene 2014

¿Antes de la reforma de la LAU, si firmó un contrato de un año, y a partir del año (a los tres meses p.ej) abandonó el piso con un mes de preaviso existe incumplimiento de contrato?

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Tenemos que revisar el contrato para saber que plazo de preaviso se establece, y el resto de condiciones del mismo, para que usted pueda actuar en consecuencia.
Si lo desea puede remitirnos el contrato de arrendamiento.

Pragmatis Asesores Abogado en San Sebastián de los Reyes

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Buenos días:

Habría que ver el contrato, y el juego de las proroogas a su favor o en contra, clausulas de penalización , etc.

Quedo a su disposición.

Bermúdez&Asociados Abogado en Lugo

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