¿A partir de cuándo cuenta el seguro decenal?

Realizada por Isabel. 9 may 2013

Resulta que escrituro y se me entrega la llave de mi nueva vivienda (obra nueva) en 2008. El promotor me dice que la fecha cuando finalizó la obra es 2004, y que tengo que contar a partir de ahí... ¿es eso cierto?

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Buenos días,
Efectivamente la responsabilidad decenal de la constructora se cuenta a partir del certificado final de obra, pero a pesar de ello, si la vivienda se terminó de construir realmente en 2004 (cosa que tendrá que demostrar el constructor) aún estás en plazo para su reclamación ya que son 10 años.

Un saludo,

Jennifer Alarcón Abogada Abogado en Hellín

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Dependerá, en cada caso, de si es responsabilidad contractual o responsabilidad ex lege de la Ley de Ordenación de Edificación.

Huerta - Izar Abogados Urbanistas Urbanismo Inmobiliario Abogado en Madrid

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Dependerá, en cada caso, de si es responsabilidad contractual, o si es responsabilidad ex lege de la Ley de Ordenación de la Edificación.

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Apreciada Isabel,

Efectivamente el plazo empieza a contar a partir de la fecha del certificado final de obras cuya copia en principio debería de constar adjunto a la escritura o de hacerse referencia en la misma.

Saludos cordiales,

Victoriano Travieso

Abogados - Solicitors StepInLaw S.L.P. Abogado en Barcelona

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