Tu herencia resulta sin resolver tu familia por el camino.

Con los problemas de Herencias, llegan los problemas familiares, y en Navarro y Abogados en Canarias estamos acostumbrados a la resolución de todo tipo de conflictos en Herencias

17 JUN 2018 · Lectura: min.
Tu herencia resulta sin resolver tu familia por el camino.

Tras el fallecimiento de un ser querido , lo último que queremos es pensar en trámites legales, pero el papeleo se hace indispensable en esta situaciones, si la persona fallecida no hizo testamento, será la ley establezca y dictamine quiénes son las personas que tendrán derecho a la herencia del difunto .

visión entrante debe ser formalizada independientemente del parentesco que tengan con la persona que ha fallecido , se deberá realizar lo que conocemos como declaración de herederos , siempre ante notario.

tenemos que tener en cuenta que la designación de los herederos se puede realizar en vida mediante testamento o una vez sucede el fallecimiento mediante la declaración de herederos , que es lo que nos ocupa en este artículo.

¿QUÉ ES LA DECLARACIÓN DE HEREDEROS?

Lo primero que tenemos que saber es que la declaración de herederos es totalmente obligatoria, y representa la voluntad de la persona que realiza el testamento de nombrar a sus herederos o la designación por ley en caso de que la persona haya fallecido y no lo deje por escrito mediante un testamento.

Tenemos que distinguir entre declaración de herederos y reparto o adjudicación de bienes son cosas completamente distintas.

Aclarar también que la declaración de herederos aunque obligatoria se puede eludir si se deja hecho un testamento.

COMO DEBE REALIZARSE LA DECLARACIÓN DE HEREDEROS.

En la declaración de herederos debe efectuarse ante acta notarial con un notario autorizado para actuar en el sitio en el que el fallecido hubiese tenido su último domicilio, vivienda habitual o dónde estuviese la mayoría de su patrimonio , siempre que este estuviese en España, a elección del demandante.

QUE DOCUMENTOS SON NECESARIOS PARA LA DECLARACIÓN DE HEREDEROS

Para que un notaria pueda realizar dicha declaración, es necesario presentar la siguiente documentación :

  • Certificado de defunción (Registro Civil).
  • Certificado que acredite que el fallecido no hizo testamento (Registro General de Actos de Última Voluntad).
  • documento nacional de identidad del fallecido
  • certificado de empadronamiento.
  • Certificados de nacimiento o defunción de los descendientes.

Además de los documentos descritos anteriormente, es necesario la intervención de dos testigos , no obstante, dichas personas no pueden tener un interés directo sobre la herencia.

Como puedes comprobar , son muchas las acciones legales que hay que realizar para percibir dicha herencia, y estos trámites pueden cambiar en función de si el fallecido ha dejado testamento o no, por eso y como comentábamos antes si tienes cualquier duda ponte en contacto con nosotros y te la resolveremos de la mejor manera posible .

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