PP y PSOE llegan a un acuerdo para devolver las Cláusulas suelo

Un gran paso para todas las personas afectadas por la Hipoteca. Ayer el PP y el PSOE llegaron a un acuerdo para resolver el conflicto de manera extrajudicial de la devolución de las cláusula

18 OCT 2019 · Lectura: min.
PP y PSOE llegan a un acuerdo para devolver las Cláusulas suelo

¿Cómo se solicita y dónde?

Son las entidades financieras las que tendrán la obligación de contactar con sus clientes afectados la existencia de este procedimiento. El procedimiento debe ser, GRATUITO para los afectados.

¿Cúando se podrá hacer?

El procedimiento entrará en vigor al día siguiente de su publicación del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado. Los bancos tendrán tres meses a partir de entonces para resolver los expedientes y entregar las cantidades.

Las entidades deberán hacerle una oferta de devolución de las cantidades cobradas indebidamente por las cláusulas suelo, más los intereses de demora. Si no hubiese acuerdo, ambas podrán acudir a los tribunales

¿Cómo se hará la devolución?

Mediante ingreso en cuenta.

El banco puede ofrecer al cliente otras propuestas para devolver esas cantidades como por ejemplo en forma de amortización del capital pendiente de pago u otras formas financieras. Estas ofertas deberán constar por escrito y el afectado puede o no aceptarlas y podrá valorarlas durante un período de 15 días.

En la negociación con el Banco te recomendamos que vayas asesorado por un abogado especialista en cláusulas suelo para que no te engañen y firmes un acuerdo que podría no ser justo. En caso de aceptar, tendrás que firmar un documento aparte.

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¿Tendré que pagar a Hacienda?

No. Las cantidades estarán exentas de tributación por IRPF tanto si ha habido acuerdo con el banco como si el cliente decide acudir a la vía judicial.

¿Me conviene ir a los tribunales?

Sí en caso de no haber acuerdo. La justicia española y europea ya han dado la razón a los consumidores.

Si voy a juicio ¿Tendré que pagar las costas?

Si el juez obliga al banco a devolverle una cantidad mayor a la que este había propuesto en el acuerdo rechazado, la entidad tendrá que pagar las costas. Por el contrario, si el cliente rechaza la oferta y el magistrado obliga a la entidad a pagarle una cantidad inferior a la que había ofertado, el banco no tendrá que pagar las costas.

Los afectados que ya hayan ido a la justicia y les interese la nueva vía extrajudicial, se ha previsto en Real Decreto que quede suspendida de forma provisional la tramitación en los juzgados.

Por tanto, estar bien asesorado es imprescindible. En Curia Ley Abogados como abogados especialistas en cláusulas suelo en Alicante te asesoramos y ayudamos.

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