Padres y madres convertidos en community manager de sus hijos

Lo que colgamos en Internet acaba formando parte de nuestra reputación digital pero, ¿qué pasa si quienes lo publican son los padres?

7 MAR 2017 · Lectura: min.
Padres y madres convertidos en community manager de sus hijos

Como ya decíamos en nuestro anterior artículo en el que hablábamos del sharetening, está de moda mostrar nuestra vida en las redes sociales, incluyendo también a los menores de la casa, pero una vez más parece que esto de enseñar nuestra intimidad empieza a pasar factura para todos.

Ya adelantábamos entonces que, nuestras fotografías en Internet son parte de nuestra reputación digital, y las mismas son difícilmente eliminables, incluso aunque las borremos de nuestros perfiles en las redes sociales, si alguien las ha compartido o guardado pueden estar en cualquier rincón del ciberespacio. Con cada una de las fotos que subimos vamos construyendo nuestra reputación, una reputación que también es familiar cuando subimos fotos de nuestras parejas o nuestros hijos, y puede crearnos más de un quebradero de cabeza en alguna ocasión. Imaginemos el caso de que hemos dicho a nuestro jefe que estamos enfermos y que no podemos acudir al trabajo, pero nuestra pareja sube a las redes sociales una foto de ambos disfrutando de la tarde de cócteles con los amigos. Ahora imaginemos que nuestro jefe está entre nuestros contactos y ve esa foto, se avecina un problema laboral, ¿verdad? Pues esto mismo puede pasar con los niños, determinadas fotos que a los padres les parecen graciosas pueden llegar a suponerles un problema de bullying en el cole porque los compañeros se rían de su foto de pequeños sentados en el orinal, por ejemplo.

En el caso de los padres divorciados esto es aún más extremo, pues las fotos que el padre sube del pequeño, con la nueva madrastra o padrastro, a la red social de moda no hace ninguna gracia a la madre o padre del niño, que se apresura a llamar rápidamente al ex y reclamarle que borre esa foto. La cuestión está en que nos hemos vuelto tan propensos a enseñar nuestra vida diaria a todos, que esto se está convirtiendo en un foco más de conflicto entre padres que se separan, sobre todo cuando uno de ellos es reservado con su vida personal y el otro no precisamente.

En caso de duda, por escrito

Tanto es así, que ha surgido una nueva corriente en los convenios de medidas paterno-filiales, y no son pocos los abogados que están empezando a incluir en ellos las directrices en cuanto a la subida de fotografías de los hijos menores en las redes sociales. Desde pactar qué fotos pueden o no subir a las redes sociales, reuniones familiares, cumpleaños, vacaciones... hasta la forma en la que el niño debe salir, de espaldas, con la cara tapada, vestido y nunca en bañador o pijama, etc. Todo cuenta y todo es examinado con lupa por los jueces que llevan esos procedimientos, siempre con el fin último de proteger al menor para que no se vea sobreexpuesto en las redes y ello le pueda pasar factura en un futuro.

¿En base a qué se está llegando a este extremo? Pues porque la patria potestad (regulada en los artículos 154 y siguientes de nuestro Código Civil) incluye la representación legal de los derechos de los hijos, entre ellos el derecho de imagen, y esta es compartida entre ambos progenitores, aun cuando la custodia sólo corresponda a uno de ellos. Por tanto, mientras los menores no alcancen la edad de 14 años serán los padres los que de común acuerdo deberán decidir qué es lo que se publica o no en las redes sociales de sus hijos. En caso de que los padres no se pongan de acuerdo, decidirá el juez; y a partir de los 14 años, ya el menor podrá decidir por sí mismo si quiere o no quiere que sus fotos se publiquen en las redes sociales o en Internet.

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Escrito por

Jennifer Alarcón

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