Multa de 120.000€ por dispensar medicamentos sin receta

Todos hemos acudido alguna vez a adquirir un antibiótico sin receta a la farmacia, y nos hemos quejado cuando se han negado a dispensarlo, pero ¿es legal la dispensa de fármacos sin receta?

23 ENE 2018 · Lectura: min.
Multa de 120.000€ por dispensar medicamentos sin receta

Hoy nos sorprende encontrarnos con la noticia de una multa de 120.000 euros a una oficina farmacéutica por la dispensa de medicamentos sin receta, además de por haber ocultado información a la administración sanitaria y por la distribución a terceros sin consentimiento. Evidentemente, la conducta de la que se le acusa no es precisamente el haber vendido alguna caja de antibióticos y otros medicamentos ordinarios sin receta, sino de la venta de ciertos medicamentos específicos cuya venta está mucho más restringida. Esta sanción fue impuesta por la Consejería de Sanidad y, finalmente ratificada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

El informe elaborado por el Servicio de Ordenación Sanitaria habla en concreto de tres medicamentos investigados que sólo están indicados para ciertas patologías que son muy específicas. Estas patologías no son simples infecciones, sino que se trata de enfermedades graves que sólo se diagnostican en centros hospitalarios. La cuestión es que en este caso, no es que se haya perdido la pista de una o dos unidades, sino que se habla de que las cantidades compradas a los laboratorios por esta oficina "no guardan relación con las necesidades de los pacientes de la zona de influencia". Es precisamente esto lo que más llama la atención, la desproporcionalidad de la adquisición de unidades con respecto a la cantidad que se calcula necesaria para el área de influencia de esta farmacia en concreto. Se habla de una cantidad de entre siete y casi nueve veces superior a la media de las oficinas de Cantabria, Comunidad a la que pertenece el dispensario.

La oficina, por su parte, alega que los medicamentos fueron dispensados con recetas privadas, aunque nunca fueron aportadas al procedimiento. Por tanto, niega en todo caso la distribución irregular de dichas sustancias, además alega que la no presentación de las recetasya le supuso una sanción.

Sin embargo, el criterio de la Sala es claro, ratifica las sanciones impuestas por la Consejería de Sanidad ya que considera que los informes han probado los hechos imputados y la oficina farmacéutica en ningún momento ha aportado una información veraz más allá de las simples afirmaciones de la venta con receta privada que, a mayor abundamiento, la Sala recalca que "se trata de medicamentos para patologías específicas que no se dispensan con receta privada y que, pese a ser de uso crónico, dejaron de ser solicitados por los eventuales pacientes a partir de una determinada fecha –que coincide con una inspección que se realizó a la propia farmacia."

Además de ello, el tribunal constató a través de un informe pericial que, la farmacéutica titular efectuaba modificaciones enlos datos que recogía el programa informático de la farmacia tras la adquisición de dichos medicamentos, pues por razones desconocidas y que no correspondían a ventas o devoluciones, modificaba a cero su stock de forma manual. Ante todas estas evidencias, la sala considera que, "la conducta desarrollada por la demandante ha sido correctamente tipificada" y las sanciones impuestas son proporcionales, en tanto que han sido impuestas "en la cuantía mínima".

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Escrito por

Jennifer Alarcón

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