Mi forma de entender el ejercicio de la abogacía
El ejercicio de la abogacía no solo implica promover litigios, sino asesorar qué es lo más conveniente para los intereses de nuestros clientes, evitando conflictos innecesarios.
Desde mi punto de vista, el ejercicio de la abogacía no es aceptar todos los encargos que se plantean para litigar, sino valorar jurídicamente el ejercicio de cuantas acciones procedan, procurando evitar conflictos innecesarios.
Entiendo esta profesión como una relación de confianza entre abogado y cliente. Como abogada, actuaré de manera libre e independiente, siempre en defensa de los intereses de mis clientes, informando en todo momento sobre la viabilidad del asunto que se me confía. Mi intervención no solo consiste en promover o impulsar procedimientos administrativos o judiciales, sino también informar sobre las vías alternativas para la mejor satisfacción de sus intereses, evitando que se ejerciten acciones judiciales sin fundamento.
Muchas veces, como abogada me he encontrado con clientes ofuscados, que no quieren dejarse asesorar. Buscan un abogado únicamente para iniciar un procedimiento, teniendo o no teniendo razón. Para ellos, la viabilidad de la acción que se ejerce no es lo importante, lo importante es litigar, involucrar a un tercero en un procedimiento judicial, a sabiendas de que probablemente será una pérdida de tiempo y dinero. Personalmente, no entiendo esta actitud, y en coherencia con mi forma de ser, profesionalmente, trato de evitar este tipo de situaciones.
Es por eso, que antes de iniciar un procedimiento judicial entiendo absolutamente necesario un estudio de la viabilidad de la acción y de las posibles alternativas. Y con esa información, es el cliente quien finalmente decide qué alternativa es la mejor para sus intereses.
No en vano, somos profesionales libres e independientes, por lo que el cliente en ningún caso puede imponer una línea de defensa del asunto encomendado, sino que será el profesional de a abogacía quien, ateniéndose a las exigencias técnicas, deontológicas y éticas, dirija la mejor defensa de sus intereses, lo que, al fin y al cabo, constituye una garantía para los ciudadanos, tal y como se recoge en el propio Estatuto de la Abogacía.