¿Los Whatsapp sirven de prueba en un procedimiento de divorcio?

Conoce los requisitos para que los Whatsapp sirvan de prueba al divorciarte

17 DIC 2015 · Lectura: min.
¿Los Whatsapp sirven de prueba en un procedimiento de divorcio?

Hoy en día rara es la situación en que no comunicamos a nuestros amigos y seres queridos todo aquello que queremos hacerles saber por medio de mensajes en las redes sociales, whatsapps o cualquier soporte informático, pero lo que puede parecer una ventaja a veces se convierte en un problema, pues ya utilizamos ese tipo de comunicaciones en todas las áreas de nuestra vida, con los problemas de prueba sobre quien dijo qué que ciertos temas conllevan.

Uno de estos temas que plantean problemas de prueba son los procedimientos de divorcio, si hablamos de comunicaciones amistosas en un procedimiento sencillo y en el que no existen problemas entre los cónyuges no hay problema en usar este tipo de comunicaciones, pero cuando las partes no tienen una buena relación el uso de estas vías de comunicación suele empeorar las cosas y complicar aún más el procedimiento. Por ello, y para asentar las bases de las nuevas tecnologías y la justicia, el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que explica cuáles son los requisitos para usar como pruebas en un procedimiento de divorcio este tipo de comunicaciones.

Si bien el divorcio es totalmente acausal, es decir, no se necesita causa alguna para divorciarse, lo cierto es que en los procedimientos de divorcio suelen surgir muchos problemas entre la pareja y estos problemas tienden a agravarse, aunque parezca lo contrario, cuando hay hijos de por medio. En esos casos, las partes suelen querer demostrar la "incompetencia" del otro para cuidar del hijo en común y por tanto quedarse con la custodia, o incluso concluido el procedimiento suelen tender a maximizarlo todo y querer denunciar al otro por el más mínimo incumplimiento, y para ello utilizan como prueba cualquier whatsapp o correo electrónico que tengan a su alcance, a veces incluso borrando frases o alterando de cualquier forma las conversaciones para que se adecuen a lo que necesitan.

Por ello es clave la sentencia del Tribunal Supremo en el que se establecen los requisitos para tomar como prueba en un procedimiento cualquier comunicación de este tipo. En esta sentencia se establece que la aportación de cualquier pantallazo de la aplicación, o de cualquiera de los sistemas de mensajería de las redes sociales existentes en la actualidad, deberá de ir acompañada en todo caso de un informe pericial técnico que acredite la veracidad de la prueba aportada, así como que no se ha modificado la conversación, eliminando o añadiendo frases, o incluso que la identidad de las personas que participan de la conversación es cierta y real. Esto es así para evitar que las partes abusen de las debilidades que este tipo de sistemas tienen, manipulando los mismos para obtener con ello ciertas ventajas en los procedimientos.

Sin embargo, esta sentencia no sólo es aplicable a los procedimientos de divorcio, como el propio Tribunal Supremo expresa en la misma, esta sentencia será de aplicación a todas las áreas del Derecho, por lo que ahora, aportar cualquier mensaje de este tipo a un procedimiento requerirá de la práctica de una prueba pericial en el caso de que la parte a la que perjudique niegue la veracidad de la prueba. En el caso de que la prueba sea admitida por la parte a la que perjudique no será necesario practicar ninguna prueba pericial, pues se tendrá como cierta ya que ha sido admitida por las dos partes, lo mismo será de aplicación a los procedimientos de divorcio en los que ninguna de las partes niegue que los mensajes aportados como prueba por la otra parte sean verdaderos.

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Escrito por

Jennifer Alarcón

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