Google ya no avisa a nadie cuando borra enlaces

¿Qué pasa si una petición de cese de indexación de un contenido es aceptada por este motor de búsqueda?

13 SEP 2017 · Lectura: min.
Imagen: Shutterstock.

Si hace unos días hablábamos del caso de un médico al que se le había rechazado la aplicación del derecho al olvido, hoy vamos a hablar de justo todo lo contrario: aquellos casos en los que Google sí acepta la petición de los usuarios de Internet que desean que alguno o todos los datos que sobre ellos circulan en la red desaparezcan de las listas de resultados indexadas por su motor de búsqueda.

Google recibe miles de solicitudes de cese de indexación de datos personales por parte de su buscador, por ello existe un grupo que se dedica única y exclusivamente a la evaluación de esas solicitudes para admitirlas o rechazarlas. Está claro que en el caso en el que son rechazadas, simplemente esta circunstancia será comunicada a la persona que solicitó que se borraran los enlaces, pero ¿qué pasa si la solicitud es aceptada?, ¿Google avisa a las páginas webs de las que deja de indexar ese enlace/contenido?

Hasta hace un año aproximadamente, el método de trabajo del gigante de los buscadores era el de notificar los enlaces que se habían dejado de indexar tanto al solicitante como a las páginas webs propietarias de los mismos. Sin embargo, en septiembre de 2016, tras algunas denuncias ante la Agencia Española de Protección de Datos, Google fue multado por esta práctica con la friolera cantidad de 150000 euros.

La resolución basaba su argumentación en el hecho de que el notificar al medio propietario de los enlaces atentaba contra el deber de secreto en el tratamiento de datos personales, ya que con este comportamiento quedaba más que patente quién había solicitado la misma, lo que constituía una infracción del artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos. De hecho, incluso se argumenta el hecho de que el comportamiento del magnate de Internet podía generar el efecto contrario al deseado: al notificar la desindexación se llamaba aún más la atención sobre el enlace que se solicitaba eliminar y que antes podía haber pasado desapercibido, pues en alguna ocasión los propios medios publicaban listas en las que se incluían los enlaces que se les habían dejado de publicar en los resultados de búsquedas.

Esta es, por tanto, la razón que ha llevado a que ahora Google haya dejado de notificar los enlaces borrados de sus listas de búsqueda: la obligación impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos de cumplir correctamente con la legislación vigente.

En nuestra opinión, efectivamente la Agencia tiene toda la razón al decir que la notificación a los medios incumple con la normativa actual de protección de datos, pues se están comunicando datos personales a un tercero que no tiene derecho a conocer los mismos y que no es interesado en el expediente en cuestión. Puede parecer lo contrario, pero lo cierto es que el hecho de que Google deje de indexar el contenido no significa que el mismo haya dejado de existir, ya que en ningún momento se elimina. Lo único que ocurre es que el enlace deja de figurar entre los resultados que lanzará el motor de búsqueda. De hecho, si entráramos en la propia página web el contenido sería perfectamente visible y no existiría ningún problema para acceder al mismo, y por ello no tiene razón de ser la comunicación del ejercicio del derecho al olvido.

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