El divorcio exprés: requisitos y ventajas
El divorcio exprés nos permite un procedimiento de ruptura sumamente rápido y con unos costes económicos bajos, pero tiene unos requisitos que deben cumplirse.
Cuando un matrimonio se rompe no siempre se debe a motivos que enemisten a la pareja, por lo que la regulación actual de la separación y el divorcio permiten que los procedimientos en los que exista acuerdo entre las partes sean más rápidos y, por ende, más económicos. Es cierto que no son pocas las parejas en las que, con la tensión de la ruptura del vínculo, surgen multitud de roces y problemas que terminan haciendo del divorcio un procedimiento judicial contencioso, largo y con altos costes económicos y emocionales. Aunque en el caso de ciertas parejas afortunadas, el estar de acuerdo en no querer mantener el vínculo del matrimonio, el divorcio exprés les puede ahorrar mucho tiempo y dinero.
Antes de entrar en materia, queremos recordar que no es lo mismo la separación que el divorcio, pues la primera supone simplemente una especie de suspensión del vínculo matrimonial, aunque lo mantiene, mientras que el divorcio, si conlleva la ruptura total del vínculo.
Actualmente, tanto la separación como el divorcio, pueden tramitarse de forma exprés, una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio, y sin necesidad de acudir a un procedimiento judicial, pues puede hacerse ante el Secretario Judicial, o incluso en escritura pública ante Notario. Eso sí, este procedimiento rápido no es posible en todos los casos, y conlleva una serie de requisitos que están establecidos por el artículo 82 de nuestro Código Civil:
- El primero, y más importante, es que exista acuerdo entre los cónyuges, pues en caso contrario esta vía amistosa es totalmente impracticable.
- El segundo es, como ya hemos comentado más arriba, que hayan transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio.
- El tercer requisito supone que no existan hijos menores no emancipados en el matrimonio.
- El último, derivado realmente del tercero, es que en el caso de que existan hijos mayores de edad o menores emancipados, éstos tendrán que prestar su consentimiento respecto de las medidas que les puedan afectar por carecer de ingresos propios y convivir en el domicilio familiar.
Una vez la pareja se asegure de cumplir todos los requisitos exigidos, el hecho de acudir a este procedimiento rápido hará que, automáticamente, se esté produciendo un gran ahorro en tiempo, costes económicos e incluso emocionales, pues la vía de un divorcio judicial contencioso conlleva la apertura de ciertas heridas emocionales en la mayoría de los casos. Sin embargo, no debemos caer en el error de pensar que, el hecho de ser un procedimiento amistoso y rápido que puede celebrarse ante Notario, hace absolutamente innecesaria la participación de un abogado en el mismo. Pues si bien es cierto que, en determinados casos, como que el matrimonio haya durado los tres meses mínimos establecidos y que no se tenga ningún bien en común, se puede prescindir de un letrado que nos asesore. La realidad es otra bien diferente, y siempre suele existir algún bien en común, como el domicilio habitual, que requiere la asistencia técnica de un experto que nos asesore sobre la partición de estos bienes y quien debe hacerse cargo de los gastos que los mismos puedan generar.