Custodia compartida... ¡de mascotas!

Cuando hay un divorcio de por medio se produce un reparto de bienes pero, ¿qué ocurre con las mascotas? ¿Existe legalmente una custodia?

7 DIC 2016 · Lectura: min.
Custodia compartida... ¡de mascotas!

En nuestro artículo de hoy vamos a tratar un tema que cada vez está cobrando más importancia en nuestra sociedad,y es la custodia compartida (o no) de mascotas. ¿Por qué está cobrando tanto sentido ahora si hace años nadie reparaba en estos temas? ¿es posible plantearse una "custodia" respecto a un animal?

La razón de su actual importancia es muy sencilla, hace años la mayoría de dueños de mascotas eran en realidad los niños de la casa, por lo que en caso de separación o divorcio, las mascotas iban con el niño y ninguno de los padres se atrevería nunca a privar a su hijo de su preciada mascota, por más aprecio que le tuviera a la misma. Por el contrario, en la actualidad el modelo de familia está cambiando, cada vez existen más parejas que no tienen hijos, pero si que compran juntos algún animal de compañía como un perrito o un gatito. Dado que el rol de mascotas ya no es el que era y en la mayoría de familias con animales domésticos estos son una parte más de la familia, se ha empezado a plantear el hecho de qué hacer con la mascota cuando la pareja se separa, sobre todo cuando no existen hijos en el seno familiar.

Por norma general, en el caso de que hayan niños en la casa, la respuesta es más sencilla, pues como antaño, los padres no quieren ver sufrir a sus hijos y no les privan de su mascota, quedándose la mascota con ellos.Pero ¿que pasaría en el caso cada vez más numeroso de que no existan niños en el seno familiar? ¿y en el caso de que aún existiendo niños el progenitor no custodio de los niños reclame el animal? Aquí es cuando la cosa se complica. Legalmente los animales de compañía son bienes muebles, según nuestro Código Civil, por lo que al igual que el resto de los bienes de la pareja deberá ser objeto de inventario y reparto entre ellos. No debemos olvidar que nuestro Código Civil data de 1889, y que aún habiendo sido reformado en muchas cuestiones, sigue teniendo un ligero desfase con la sociedad actual en algunos puntos, como puede ser precisamente el de considerar a los animales de compañía como bienes, mientras la sociedad los empieza a considerar como parte de la unidad familiar en la que se integran. Ello hace que la situación legal de nuestras mascotas a día de hoy sea un pelín incierta en algunos casos y quede a merced del criterio del juez de turno.

Lo mejor, como siempre decimos, es que las partes lleguen a un acuerdo, pero como no siempre es posible aquí vamos a ver diferentes situaciones que pueden darse y cuáles son las posibles soluciones jurídicas a las mismas.

Caso 1: Mascota integrada en una unidad familiar con niños. En estos casos el juez no suele otorgarle importancia a quién es realmente el dueño del animal, y suele darle la "custodia" a los niños. Los niños establecen lazos de conexión muy especiales con los animales de su entorno, por lo que separarlos suele crear problemas y traumas tanto a los niños como al propio animal, por lo que para evitar esta triste situación en los casos en los que hay niños de por medio, silos propios padres no se ponen de acuerdo en dejar a los niños su mascota, será el juez el que lo hará.

Caso 2:Mascota perteneciente a un miembro de la pareja que la compró siendo soltero/a y al irse a vivir con su pareja se la lleva a vivir con ellos. En este caso la solución es la misma esté casada o no la pareja, la mascota pertenece a su dueño primigenio y por tanto tras la ruptura quedará en poder de éste.

Caso 3: Mascota adquirida por una pareja no casada, o casada en régimen de separación de bienes. Como en el caso anterior, la mascota pertenecerá a la persona que la compró o adoptó, al tratarse de un bien mueble, como los demás bienes será de la propiedad de aquél que pueda demostrar su adquisición. Para la demostración puede usarse la factura de compra, los papeles de la adopción, la propiedad en el chip que lleve el animal, etc. Si ninguno de los dos puede demostrar su adquisición el caso se tratará como si fuera un bien común de la pareja.

Caso 4: Mascota adquirida por una pareja casada en bienes gananciales. De todos los casos es precisamente este el que más problemas plantea. Llegados aquí se ha de decidir con quién se va a quedar la mascota, pues como decíamos para el derecho es un bien mueble más de todos los que la pareja pueda poseer. El hecho de que sea un bien mueble que haya que dividir no quiere decir que la mascota tenga que quedar necesariamente en poder de uno sólo de los cónyuges, y aquí es dónde entra la imaginación de cada uno para poder solventar los problemas de la mejor forma posible. Puede quedar en "custodia" única, y otorgarse a aquél de los dos que más capacitado esté para cuidar de la misma, o puede quedar en posesión de ambos, o "custodia compartida", siendo que el animal llegue a rotar de vivienda cada cierto tiempo, o incluso que sean los propios dueños los que vayan rotando por la vivienda para compartirla con su preciada mascota.

Como decimos, esto ya va a gusto de cada cuál, y de cada juez, evidentemente el juez siempre tendrá en cuenta el bienestar del animal por encima de todas las cosas, y siempre tratará de ser lo más justo posible para ambas partes, pero hemos de recordar que se trata de un tema muy nuevo en la jurisprudencia y del que aún no se ha asentado la doctrina, por lo que os recomendamos mucha paciencia y siempre consultar a un abogado por nuestras opciones y posibilidades.

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Escrito por

Jennifer Alarcón

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2 Comentarios
  • Rocio

    Buenas tardes, mi perro fue adquirido estando en pareja pero solteros, me lo compro mi ex marido, tiene 8 años y hace año y medio me separé, ni siquiera me pregunto, me dijo que el perro se quedaba conmigo, yo por supuesto lo acepté, estuvo durante más de un año a su nombre, lo cambié hace unos meses a mi nombre porque operaban y necesitaba el consentimiento de el, el firmo la documentación para cambiarlo a mi nombre, durante todo el tiempo que el dueño del perro fue él y hasta el día de hoy no me ha dado absolutamente nada de dinero para mantenerlo sabiendo que yo no tenía dinero para hacerlo, me quitaba de mi presupuesto de comida para darle a él lo que necesitaba, se operó siendo el dueño el y yo tuve que conseguir prestado para poder solventar l operación, minprehunta es, si es posible reclamarle por lo menos la mitad del dinero que gaste durante todo este tiempo en el perro ya que fue responsabilidad de ambos cuando lo cogimos y el se lavó las manos y no colaboró en nada. Un saludo

  • Patricia Blanco López

    Mi pareja está interesada en recuperar elelel contacto con el perro que adoptó cuando estaba con su anterior pareja y que desde la ruptura ha hecho todo lo posible para que no lo vea.

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