Buenas noches. Estoy separada con dos hijos, 21 y 17 años. El mayor realiza trabajos sin contrato y no aporta nada en casa, y el menor ni estudia ni trabaja. Yo no percibo ingreso alguno, solo ayudas de la iglesia.
En la sentencia se acordó que me abonara 300 euros de manutención pero al no trabajar el padre con contrato, ya que tiene un coche de caballos, no me ha pagado ni un solo mes desde hace 8 años.
Esta mañana me ha dicho que cuando el menor cumpla 18 años y se vaya del domicilio quiere poner el piso a la venta. ¿Cómo le reclamo para quedármelo yo y descontar la cantidad que no me ha abonado? Ya denuncie los impagos pero al no constarle ingresos fue para nada. Gracias
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En primer lugar, tendría que presentar una demanda ejecutiva reclamando toda la deuda existente por el impago de la pensión de alimentos, así como las actualizaciones correspondientes. (Precisa de abogado y procurador).
El problema es que como máximo podrá reclamar la deuda de los últimos cinco años.
Una vez que se despache ejecución, el Juzgado iniciará averiguaciones patrimoniales para tratar de embargar el saldo que pudiera tener en las cuentas corrientes, salario, vehículos, etc. Y, si no se consigue cobrar la deuda, se solicitaría el embargo del 50% de su parte de propiedad de la vivienda.
En caso de venta de la vivienda, cobraría su deuda de la parte que a él pudiera corresponderle, o bien, podría Vd. quedarse con la vivienda y compensar la deuda con lo que tuviera que pagarle.
Buenas Tardes Emiliana, le informamos que si el padre no le ha abonado alimentos, puede usted y debe denunciarlo bien por la vía penal del art.227 impago de alimentos o bien demanda de ejecución de sentencia por impago reclamando los 5 últimos años con actualizaciones anuales de IPC. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
En primer lugar ha dejado pasar demasiado tiempo para reclamar las pensiones impagadas. Eso va a complicar la ejecucion de sentencia. Pero en todo caso hay que intentarlo. En cuanto al piso no me dice si los dos son propietarios o solo es el. En cualquier caso, puede cargar las pensiones impagadas sobre el precio de la venta del piso. Para analizar el caso con mas detalles mejor nos vemos.
Para ello tendrá que presentar una demanda ejecutiva reclamando la deuda existente por el impago de la pensión de alimentos, así como las actualizaciones correspondientes. (Máximo 5 años).
El Juzgado tratará de embargar el saldo que pudiera tener en las cuentas corrientes, salario, vehículos, etc. Y, si no se consigue cobrar la deuda, se solicitaría el embargo del 50% de su parte de propiedad de la vivienda.
Con ello en caso de venta usted podrá cobrar de la parte de su ex o solicitar la compensación a su costa para optar a quedarse la vivienda.
Buenos días Emiliana,
Como bien dices, cabe la posibilidad de embargarle los impagos a través del piso que posee, porque cuando no posee ni nóminas ni cuentas, puede hacerse así, a través de una demanda ejecutiva. Quedo a tu disposición para más información. Un saludo, Cristina Cáffaro