Vendí un auto hace 1.5 años, no lo han cambiado de propietario y ahora tiene una deuda a mi nombre. Tengo una garantía firmada. ¿Ahora para darlo de baja tengo que pagar estas deudas? ¿Con la garantía o con un contrato de compra-venta puedo desligarme de estas deudas?
Son deudas generadas después de la fecha de venta.
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 1 personas
Buenos días
El cambio de titularidad del vehículo debe producirse en el momento de la venta.
La presentación en tráfico del contrato de compraventa sólo producirá efectos liberatorios del pago de la sanción, si va acompañado de un escrito del comprador de ratificación del contrato de compraventa y de haber abonado el precio. Así la sanción se enviará al posterior propietario del vehículo.
Espero que la respuesta haya sido de utilidad.
Sin otro particular, reciba un saludo.
Nos faltan datos para darle una respuesta más concreta, entiendo que ni se cambió la titularidad ni usted dió de baja el vehículo y, supongo, que esas deudas serán por multas de tráfico, si es así puede intentar explicarlo a la administración y hacer un recurso,y en el caso de que le toque pagarlo usted lo que puede hacer es reclamarselo posteriormente a la persona que le vendió su vehículo.
Nos encargamos de todo.
Contacta con nosotros a través de las redes sociales o en nuestra web.
Dolorier & Asociados Abogados
Abogados y Asesores Fiscal, Contable y Laboral
Madrid
Buenas Tardes José, le informamos que si usted aporta el contrato de compraventa podrá acreditar que no es responsable de las deudas. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados estaremos encantados de atenderle, venga a vernos!
Debía haber comunicado el cambio de titularidad en su momento, no obstante con el contrato de compraventa, podrá demostrar que las deudas no le corresponden a usted.