¿Un niño de 12 años puede decidir?

Realizada por Nomi v. 3 dic 2015

Hola me gustaría saber si un niño de 12 años, bastante maduro por causas de la vida no quiere ir al régimen de visitas con su padre y él puede decidir, pues su padre ha estado años sin venir y ahora quiere llevárselo y el niño no quiere. Agradecería respuesta.

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Hola Buenos días, siempre será el juez el que decida pero si solicita su abogado la Audiencia del menor tal y como se recoge en el Código Civil esa posibilidad, y con una madurez ya suficiente, es una prueba más que se practicaría, junto con las versiones que usted y su marido den y supongo que con la prueba de equipo psicosocial, donde también se entrevistarían con ustedes junto con el menor.

Probablemente si el padre conoce la opinión del hijo y solicita la compartida no le va a interesar solicitar que su hijo sea escuchado por lo que le conviene pedirla a usted.

Puede contactar con este despacho si lo desea

Un saludo


Nereida Diez Santaeufemia Abogado en Bilbao

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Buenas Tardes, le informamos que a la edad de 12 años se puede explorar a un menor y puede ser oído, y para ello deberá instar demanda de modificación de medidas solicitando además de una pericial psicosocial, que se suspenda el régimen de visitas si no es beneficioso para el menor. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días,
Se debe interponer la correspondiente demanda de modificación, interesando una restricción del régimen de visitas, con exploración judicial del menor.

Quedo a su disposición para más información.

Un saludo,

Cristina Cáffaro

Cristina Cáffaro Font Abogado en Palma de Mallorca

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Buenas tardes:
Tal y como figura en otras respuestas, la decisión del menor no es suficiente para esa decisión ni resulta vinculante para el juez, pero es uno de los aspectos que se tiene en cuenta en el procedimiento judicial, junto con las declaraciones de los padres,testigos, prueba psicosocial y exploración del menor (audiencia por el juez, sin las partes ni abogados). Si el padre ha estado años sin cumplir el régimen de visitas o, simplemente, desinteresándose por su hijo, puede alegarse este hecho y será valorado para poder solicitar un régimen de visitas que permita un contacto progresivo entre padre e hijo. Incluso, si la oposición del hijo a ver a su padre es muy fuerte, puede pedirse que durante un tiempo las visitas sean tuteladas.
Atentamente.

Pablo Miguel Piñeiro
Abogado ICA Alicante

Pablo Miguel Piñeiro Abogado en Alicante

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Buenos días.

Como le indican los compañeros, un niño de 12 años, debe ser oído por el Juez y el Fiscal, pero en ningún caso lo que manifieste es vinculante a los efectos del proceso.

Salvo casos excepcionales, los Tribunales van a favorecer el sostenimiento del contacto entre ambos progenitores y el hijo común por considerar que ello es necesario y beneficioso para el desarrollo del niño.

No obstante, si como Ud. indica, hace mucho tiempo que el niño no tiene contacto con su padre, le sugiero que inste una modificación de las medidas que tengan Ud. acordadas, ponga este extremo de manifiesto ante el Juzgado, y solicite un régimen de visitas progresivo que facilite la recuperación del contacto entre ambos.

A su disposición para cualquier gestión que precise de nuestro despacho.

Carreño&Casado Abogados

Carreño & Casado Abogados Abogado en Collado Villalba

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Buenos días

La edad de 12 años es para ser escuchado en juicio. Si hace mucho que se dictó la sentencia y lo sucedido es que nunca se ha cumplido el régimen lo que debe hacerse es solicitar una modificación de la misma, que es probable que la concedan.

Estoy a su disposición para estudiar el caso
Ignacio Tomás
Abogado

Tomás Doriga Abogado en Barcelona

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Buenos días Nomi,

Decidir como tal no, pero el Juez tiene en cuenta las opiniones de los menores para dictar medidas.

Podemos encargarnos de todo el procedimiento y de brindarle un asesoramiento personalizado.

Visita nuestra web y conócemos en todas las redes sociales.

Un saludo,

Departamento Procesal
Dolorier & Asociados Abogados
Madrid

Anónimo-226992 Abogado en Madrid

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