¿Todos los accidentes laborales son indemnizables?

Realizada por Daniel. 15 oct 2015

Hola a todos.


Yo he sufrido un accidente en el trabajo al caerme de una escalera mientras reponía el género de la tienda. El caso es que ha sido culpa mía porque en lugar de mover la escalera he intentado hacer un equilibrio para ahorrar tiempo porque me estaban metiendo prisa pero me he caído.


Estoy de baja por accidente laboral desde hace un mes y me está pagando la mutua. Quiero saber si puedo pedir una indemnización a la empresa por los días impeditivos a consecuencia del accidente o, si por el contrario, no tengo nada que hacer.

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Buenos días,

Para imputar la responsabilidad al empresario es necesario, entre otros requisitos, que haya una relación de causa-efecto entre la negligencia del empresario y el daño ocasionado. No obstante, es cierto que dicha conexión puede romperse cuando la infracción es imputable al afectado.

En su caso, la actitud del empresario que "le estaba metiendo prisa" en realizar las labores propias de su trabajo cuando estaba subido a una escalera, puede ser causa determinante y suficiente del daño que ha sufrido como trabajador.

Un abrazo.

Artigo 14 Abogado en Santiago de Compostela

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Buenos días Daniel,

En el caso que comenta sería interesante saber si podríamos probar la relación causa-efecto existente entre su accidente y una actitud negligente de la persona de la Empresa. Esto es importante de cara a justificar la petición de la indemnización, que en su caso le correspondería.

Podemos encargarnos de la tramitación y de brindarle un asesoramiento personalizado.

Visite nuestra web y perfil del facebook para más detalles sobre nosotros.

Un saludo,

Departamento Procesal
Dolorier & Asociados Abogados
Madrid

Anónimo-226992 Abogado en Madrid

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Buenos Dias Daniel, le informamos que si usted ha sido el causante, lo que se llama culpa exclusiva de la víctima, no puede reclamar a la empresa indemnización alguna. Suerte!.

Grech Abogados Abogado en Madrid

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en su caso no puede solicitar ningún tipo de indemnización , a no ser que el accidente se haya devenido por negligencia de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales, extremo que entiendo no es su caso.

Abogado Laboral y Seguridad Social Martínez & Asociados Abogado en Cambrils

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