Tengo la cuenta embargada, ¿me pueden embargar 290 euros de la Seguridad Social?
Realizada por liria. 15 jul 2015
Escribo desde Madrid. Tengo la cuenta embargada con 11000 euros que me reclama un juzgado, solo cobro 290 euros cada 6 meses de los puntos de la Seguridad Social de mis hijos. Quería saber si eso me lo pueden embargar
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Buenos días, la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su art 607, determina la inembargabilidad de la prestaciones que usted recibe, cuando no superan la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional.
Un saludo.
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Buenos días, la Ley de Enjuiciamiento Civil (art 607) determina la imposibilidad de embargar las prestaciones a que usted se refiere, cuando no excedan del importe del Salario Mínimo Interprofesional. Como aconsejan nuestros compañeros, debería poner en conocimiento del Juzgado, el origen de la prestación que usted recibe, cuantía y su carácter de inembargable.
Un cordial saludo
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Buenos días Liria,
Si en dicha cuenta bancaria únicamente percibes los 290 €/semestre procedente de una ayuda familiar, te recomiendo que acudas a un abogado para que te redacte un escrito a fin de comunicar que dicho bien (dinero) sería inembargable, toda vez que no supera el doble del SMI que para el año 015 está en 648,60 €.
Para más información, quedamos a su disposición en Illice Lex.
En aras de mejorar la calidad de nuestros servicios, le invitamos a que nos haga una valoración/opinión en nuestro perfil, agradeciéndole de antemano su colaboración, reciba saludos cordiales.
Si podrían embargarlos de tu nómina siempre y cuando no excedan de lo legal. Por otro lado, siempre se puede dirigir una comunicación para solicitar un fraccionamiento o incluso una quita si cabe el caso. Tendríamos que saber más detalles sobre las razones de ese embargo.
Podemos encargarnos de la tramitación y de brindarle un asesoramiento personalizado.
Visite nuestra web, página del Facebook, Twitter y LinkedIn para más detalles sobre nosotros.
Un saludo,
Departamento Procesal
Dolorier & Asociados Abogados
Madrid
Comparto la respuesta de mis compañeros, y añado que deberías ir al Juzgado que te reclama con los documentos que demuestren que ese dinero sale de una ayuda y explicarles que no llegas al salario mínimo, por lo que no te lo pueden embargar. Si necesitas cualquier cosa puedes ponerte en contacto con este despacho.
En un principio son susceptibles de embargo todas las cantidades existentes en sus cuentas bancarias, si bien es cierto respecto a salarios y prestaciones sociales existen unos límites inembargables.