Mi consulta es la siguiente: mi vivienda habitual ha sido subastada hace un año y ahora el juzgado me ha comunicado la tasación de costas e intereses. La subasta ha sido por 134.000 euros y las costas e intereses ascienden a más de 40.000 euros. Tengo entendido que con la nueva ley hipotecaria las tasas e intereses no pueden exceder del 5% del valor de la subasta. Si esto es así ¿puedo impugnar la tasación por considerarla excesiva?
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Pero tengo entendido que la ley hipotecaria se aprobó en mayo del 2013 y la vivienda se subastó en marzo del 2014. Por lo tanto sí estaría dentro de la nueva ley.
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Me temo que no. Entiendo que su vivienda se subastó hace más de 1 año y la nueva ley Hipotecaria se ha aprobado muy recientemente y sospecho que sus disposiciones al respecto no tienen el carácter retroactivo que Vd. pretende reconocerles, claro está buscando su particular interés. Lo siento, es lo que creo.