Solicitud de nacionalidad por matrimonio con español de origen.
Soy venezolana y contraje matrimonio en 1970 con español de origen. En 2022 estando en Madrid, solicité ante el Registro Civil Central la nacionalidad española según derecho de la ley anterior a la entrada en vigor de la Ley de 14/1975 de 2 de mayo. Denegaron mi solicitud alegando que mi esposo era venezolano y no español cuando nos casamos y que recuperó la nacionalidad española en el año 1996, posterior a la Ley de 14/1975 de 2 de Mayo. El caso es que mi esposo, natural de Tenerife, llegó a Venezuela de 7 años con sus padres, españoles de origen . Su padre se nacionalizó y como consecuencia adquirió la nacionalidad venezolana. Al cumplir 18 años manifestó su voluntad de ser venezolano, lo cual le facilitaba seguir estudios en universidad pública y conseguir trabajo. Pero en ningún momento renunció a su nacionalidad española. Ignora la causa y cuándo perdió la nacionalidad. El articulo 11.2 de la Constitución española actual ordena que " Ningún español de origen puede ser privado de su nacionalidad" y el aparte 3 del mismo artículo establece para los países iberoamericanos y otros, aun cuando no tengan tratados de doble nacionalidad que "podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen". Este seria el caso de mi esposo. Por otra parte el hecho de señalar que mi esposo recuperó la nacionalidad en el año 1996 ¿no debería tener efecto retroactivo hasta la fecha de nacimiento? Someto a la consideración de Ustedes este caso y agradezco sus aportes como expertos. Muchas gracias.