Sobre cuota alimentaria...

Realizada por alberto. 31 dic 2013

Buen día, yo paso la cuota alimentaria, ¿hasta cuándo tengo que pasar la manutención? ¿Qué pasa si mi hija es menor de edad y queda embarazada? ¿Tengo la obligación de seguir aportándole la cuota alimentaria?

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Estimado Alberto, tiene la obligación de pasar la pensión por alimentos (cuota alimentaria a la que se refiere) a su hija hasta que se valga por sí misma y sea económicamente independiente, si bien, cabe la posibilidad de modificar su cuantía de haber cambiado las circunstancias que se tuvieron en cuenta cuando se establecieron judicialmente. Estas circunstancias son, entre otras, la edad de su hija y las posibilidades económicas del progenitor obligado a su pago. Saludos.

José Manuel Piñero Fernández Abogado en Carmona

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Buenos días Alberto, existe la obligación de mantener a los hijos hasta que éstos puedan valerse por sí mismos económicamente, siempre teniendo en cuenta las necesidades del alimentado y las circunstancias económicas del alimentante. Si desea ampliar la información no dude en consultar con nosotros, pues podemos intentar encontrar una solución para su problema.

Un saludo

Ferrandis Y Asociados Abogado en Valencia

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Buenas tardes Alberto. La obligación de pasar alimentos cesa cuando el que los recibe pueda ser independiente económicamente. Si tu hija es menor, tienes obligación de pasarlos. Si quieres que estudiemos el asunto más detalladamente, no dudes en consultarnos. Un cordial saludo.

Vela Abogados Abogado en Madrid

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