Sin ingresos, ¿debo seguir pagando la pensión a un hijo de 22 años?

Realizada por Oscar. 15 may 2013

Actualmente estoy casado (en un segundo matrimonio sin hijos) y llevo en paro desde hace casi dos años y el mes que viene dejo de percibir la Prestación por Desempleo, con lo cual dejaré de tener ingresos, aunque mi actual mujer sí trabaja.


Tengo un hijo de 22 años, de un matrimonio anterior, que estuvo trabajando durante dos años y ahora ha vuelto a estudiar. A este hijo le estoy pasando una pensión de alimentos.


Por otro lado, dispongo de unos pequeños ahorros en el banco procedentes de la indemnización de mi despido.


Con todo ello:

¿Tengo asegurado que puedo solicitar y conseguir la extinción de la pensión?

¿Puede el juzgado pedirme una revisión de mis cuentas bancarias?

Aunque no tenga ingresos ¿puede el juzgado decirme que debo seguir pagando porque tengo esos ahorros?

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Puedes solicitar, mediante un procedimiento de modificación de medidas, que se extinga la pensión, pero no lo aconsejo en tu situación, máxime si tu ex o tu hijo son conscientes de la indemnización recibida y su cuantía. Hay que tener en cuenta que el Juzgado, a solicitud de la otra parte, puede pedir a la entidad bancaria donde tengas el dinero que aporte a las actuaciones un certificado con el saldo a esa fecha, por lo que te puede obligar a que continúes abonando la pensión. Si la otra parte desconoce la indemnización, sácala del banco y presenta la demanda de modificación de medidas. En todo caso, recomiendo acudir a un profesional.

Gracias, saludos.

LBO Abogados Abogado en Sevilla

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