Si renuncio al abogado de oficio ¿puede pasarme su minuta?

Realizada por Eva. 13 dic 2013

Tengo abogado de oficio para modificación de medidas de la sentencia de divorcio (sentencia del año 2009). Tengo la custodia de mi hijo de 9 años. Actualmente estoy casada y mi marido ha conseguido trabajo en alemania. Quiero trasladar mi residencia a alemania con mi marido y mi hijo. El abogado de oficio desde el primer momento no ha hecho nada mas que insistir en que tengo que llegar a un acuerdo y pedir la custodia compartida. El padre de mi hijo no tiene un lugar fijo de residencia, y por esto no tiene el derecho de pernocta. Con el padre de mi hijo he hablado antes de solicitar abogado de oficio y no hay manera de llegar a un acuerdo. El abogado me indicó que pidiera el certificado de empadronamiento de mi exmarido. En el ayuntamiento me dicen que no me lo dan por la ley de protección de datos y que es el abogado quien tiene que solicitar el documento via judicial y que como abogado lo tiene que saber.

El abogado alega, cuando le digo que de custodia compartida nada de nada, que el padre de mi hijo tiene sus derechos. Me aterroriza pensar que este abogado sea mi defensor, porque por lo que veo parece el abogado de la otra parte. Y sobre todo ¿quién va ha defender mis intereses y los de mi hijo?. Por el momento le dije que no presentara la demanda porque quiero aportar más documentación. El abogado ¿puede presentar la demanda sin mi aprobación?. Estoy valorando renunciar a este abogado de oficio y empeñarme con un abogado privado. Si el abogado de oficio no ha llegado a presentar la demanda ¿podría pasarme la minuta de sus honorarios?. Y si es que si...¿que importe podría pedirme?.

Actualmente estoy en paro y no tengo ingresos y mi marido no tenía trabajo por lo que se ha tenido que ir a alemania. Por favor, estoy desesperada, está en juego el futuro de mi hijo, mi marido y el mio.

Un saludo.

Eva

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Buenas noches:
En primer lugar, la relación abogado-cliente se ha de basar en la mutua confianza. Si Ud. considera que el abogado que le ha sido asignado de oficio no es de un confianza, le aconsejo que renuncie al mismo. Simplemente comuníquelo al colegio de abogados.
En principio, realmente el abogado de oficio desde que es designado puede presentar la demanda. Y digo puede, que no debe. Es decir, en cuanto es designado y cuenta también con la designación del procurador, con esas dos designaciones puede presentar la demanda.
Ahora bien, lo que debe hacer es contactar con el cliente, recopilar toda la documentación, asesorar al cliente y, una vez sepa que es lo que quiere su cliente, proceder a iniciar los trámites que mejor sirvan para defender las pretensiones del mismo, siempre que están sean viables.
En cualquier caso, si Ud. le ha dado instrucciones de no presentar aún la demanda, así debería proceder, conforme al código deontológico.
Si duda de si se ha presentado la demanda o no, pregúnteselo.

Si Ud. renuncia a que su abogado de oficio le lleve el caso ANTES de que se haya presentado la demanda, no tendrá que abonarle cantidad alguna. Distinto será el caso de que ya se haya iniciado el procedimiento, en cuyo caso el nuevo abogado que Ud. contrate habrá de pedirle la venia al de oficio, y esto si puede acarrearle algún coste. No se lo puedo determinar, hay variables a tener en cuenta.

Dicho lo anterior, en su caso, no tendría ningún sentido que el abogado de oficio en quien no confía le redacte la demanda y después otro privado le sustituya en el procedimiento, dado que la redacción de la demanda, incluso la elección del procedimiento es vital para el éxito de sus pretensiones.

Para cualquier aclaración, quedamos a su entera disposición. Nos desplazamos a juzgados de toda España.

Saludos cordiales,

Felices Fiestas.

Lex Situs Abogado en Algeciras

1272 respuestas

1918 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días Eva:
Su abogado de oficio puede cobrarle siempre que haya hecho gestiones, no con Ud., tanto judiciales, como extrajudiciales (emails, cartas, reuniones, etc.) con la parte contraria.
Saludos y quedamos a su disposición.
Peribañez Navarro, Abogados

Peribañez Navarro Abogados Abogado en Zaragoza

4 respuestas

1 voto positivo

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas