Si cobro la pensión alimenticia, ¿cobraré la paga de viuda?
Me tiré 13 años casada pero durante el matrimonio hicimos separación de bienes, mi ex le pasa la pensión de alimentos a mis dos hijos, los más pequeños que ya trabajan.
Me tiré 13 años casada pero durante el matrimonio hicimos separación de bienes, mi ex le pasa la pensión de alimentos a mis dos hijos, los más pequeños que ya trabajan.
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Si está divorciada, no tiene derecho a la pensión de viudedad.
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Si el matrimonio no se ha disuelto aunque viváis separados, o si hay disolución pero existe pensión compensatoria conservarás tu derecho a pensión de viudedad.
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Tendrá derecho si el matrimonio no se ha disuelto o si existe pensión compensatoria.
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La paga de viuda sólo la pueden cobrar las viudas, por lo que si tú estás divorciada de tu ex ya no existe vínculo matrimonial y por tanto el día que fallezca tú no podrás cobrar pensión alguna pues no tendrás vínculo alguno con él. En cambio, la cosa es diferente para las separaciones, pues en este caso el vínculo matrimonial sigue existiendo y podría ser posible cobrar paga de viuda. Todo ello, teniendo en cuenta que cuando fallezca hay que atenerse a la ley vigente en ese momento, que podría cambiar hasta entonces.
Jennifer Alarcón.
Abogada.
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