¿Se puede modificar a la baja la pensión alimenticia?
Realizada por Joan Mes. 2 jul 2015
Pago pensión de 300€/mes a mi ex por mi primer hijo. Ahora he formado otra familia con dos hijos de 3 y 1 año. Mi ex me quiere reclamar judicialmente aumentar la pensión. Ella gana unos 400€ más que yo. ¿Qué posibilidades tengo? ¿Puede incluso ser a la baja?
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 2 personas
Buenos días Joan,
se puede solicitar en el Juzgado una rebaja de la pensión de alimentos que le paga a su primer hijo siempre y cuando haya habido una modificación sustancial de las circunstancias. Esto es, que usted gane ahora menos dinero que en el momento que se dictó la sentencia de divorcio, que su expareja gane más dinero que en aquel momento, etc, etc...
Para ello habrá que presentar una demanda de modificación de medidas en el Juzgado estando asistido por abogado y procurador.
Espero haberle servido de ayuda. para cualquier cuestión al respecto o la tramitación de su asunto, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho.
Un saludo
Si es posible que modifique la cantidad de la pensión alimenticia, eso si, es vital que justifique de manera inequívoca que sus circunstancias actuales son distintas al momento en el que se determinó la cantidad por pensión alimenticia, como la que menciona, una nueva carga familiar.
Podemos encargarnos de brindarle un asesoramiento personalizado.
Puede conocer más sobre nosotros en Facebook, LinkedIn y Twitter.
La pensión de alimentos se da en función de las posibilidades económicas del alimentista.
En este caso, usted puede presentar en el Juzgado una demanda de modificación de medidas, dado que las circunstancias que se tuvieron en cuenta a la hora de fijar la pensión han variado, al tener usted un nuevo hijo. tendrá que acreditar los ingresos y gastos que tiene en la actualidad.
Buenas Tardes Joan, le informamos que si usted quiere solicitar rebaja en la pensión de alimentos, deberá formular ante los Juzgados de Familia demanda de modificación de medidas y deberá acreditar que han variado de forma sustancial las condiciones. Si desea que valoremos su caso con detalle y le representemos, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!!!
Sí, siempre que hayan cambiado las circunstancias actuales con respecto a lo existente en el momento de la sentencia que aprobó el convenio vigente
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
Esta respuesta le ha sido útil a 0 personas
Buenas tardes Joan,
Se puede solicitar una modificación de medidas siempre y cuando se pueda acreditar la modificación sustancial de las circunstancias que llevaron al establecimiento de determinada cuantía de la pensión de alimentos. Quedamos a su disposición para estudiar su caso.
La modificación de una pensión de alimentos exige la acreditación de un cambio sustancial en las circunstancias del alimentante, es decir, que usted ingrese menos de lo que ingresaba cuando se impuso la pensión, por ejemplo.
En efecto, las pensiones de alimentos son modificables siempre si ha habido un cambio sustancial respecto a lo que había cuando se firmó el divorcio o separación. Así que es perfectamente posible que si usted recibe una demanda a su vez sea usted el que inste la revisión a la baja. Para poder darle una respuesta exacta habría que examinar la sentencia de divorcio, y contemplar todas las demás circunstancias. Ignacio Tomás. Abogado