¿Se puede especificar en el testamento no dejar ni la legítima a mis hijos?

Realizada por Lara. 22 mar 2013

Hola, me gustaría saber si es posible especificar en el testamento que la herencia vaya a mis nietos de forma única. Me han comentado que la legítima siempre va a los hijos, pero yo no quiero que les toque nada, ¿qué debería hacer? Muchas gracias.

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Yo me ocupo de mi madre desde hace 4 años que murió mi padre, ¿cómo puede mi madre quitar la legítima a mis 2 hermanas?

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Posiblemente usted tendrá sus motivos para querer privar a sus hijos de su herencia, aunque sea de la legítima estricta y reducida que por ley les corresponde. Usted quiere que en sustitución, sean sus nietos quienes ostenten los derechos hereditarios. Tendrá que pensar en las posibilidades que tiene de manifestar en su testamento la desheredación a sus hijos conforme a las causas de los artículos 848 y siguientes del Código civil. Consúltenos, le atenderemos gustosamente

Pascual&Abogados Abogado en Madrid

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Hola:
Me gustaria formularles una pregunta.
En una herencia de un viudo casado por segunda vez (sin hijos en este segundo matrimonio), deja a su segunda esposa el usufructo de todos sus bienes y como herederos universales a sus hijos (del primer matrimoni).
La pregunta es:
¿Pueden los hijos exigir la legitima?.
Y si es asi ¿Que parte le quedaria a la segunda esposa?.
Gracias y un saludo.

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Hola:

Me dirija a ustedes para formularles una pregunta.
En una herencia en la que un viudo deja el usufructo vitalicio a la segunda esposa y a los hijos del primer matrimonio (sin hijos en el segundo), como herederos legales.
Pregunta: ¿Quien paga el impuesto de sucesiones?

Muchas gracias y un saludo.

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Hola:

Me gustaría formularles una pregunta.
En un testamento en el que un viudo casado en segundas nupcias, deja a la segunda esposa el usufructo vitalicio de todos sus bienes y a los hijos del primer matrimonio como herederos universales, (sin hijos de la segunda esposa).
¿Pueden los hijos reclamar la legítima?

Gracias y un saludo.

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Hola
Me dirijo a ustedes para formularles una pregunta y les agradecería muchísimo una respuesta.

Quisiera saber si en un testamento en el que un viudo deja a su segunda esposa el usufructo vitalicio de todos sus bienes y a los hijos del primer matrimonio, (sin hijos del segundo matrimonio) como herederos universales.
¿Pueden estos hijos reclamar la legítima?

Gracias y un saludo.

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Puede un testamento dejar el usufructo de todos sus bienes a su segunda esposa y dejar sin la legitima a sus hijos del primer matrimonio

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Para poder desheredar a un hijo (incluso la legítima) se ha de cumplir unos requisitos específicos. Deberá asesorarse para saber si existen alguno de estos requisitos y así poder indicarlo en el testamento.

N&j Advocats Abogado en Barcelona

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Realmente para poder retirar una legítima, se ha de dar causas bastante específicas. Deberá consultar con un abogado para ver si se cumple alguna de ellas y poder hacerlo. Si no se dan las causas, no podrá hacerlo.

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Para poder suprimir el derecho a la legítima deben darse una serie de condiciones y causas que vienen fijadas en nuestra legislación, como lo sería el desamparo de los hijos hacia los padres en el momento en el que éstos últimos necesitaran ayuda para evitar una situación de desamparo y éstos no accedieran a ayudar a sus progenitores. De no cumplirse las cláusulas tasadas para suprimir este derecho, no es posible quitarle este derecho a un hijo.

F&m Advocats Abogado en Barcelona

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Buenos días,

En primer lugar he de confirmarle que lo que le han dicho es cierto, pero no totalmente. Evidentemente no puedes "desheredar" por completo a tus hijos, pues al menos la legítima (dos terceras partes de la herencia), sí que debes dejarla a los hijos. Siendo sólo una tercera parte de la herencia lo que puedes dejar a la persona o personas que tú quieras.

Dicho esto, he de puntualizar que existen determinados casos en los que puedes "desheredar" a los hijos, pero estos casos son muy limitados. Se trata de básicamente de que los hijos hayan atentado contra la vida del que otorga el testamento, o la de su cónyuge, descendientes o ascendientes; que le hayan acusado falsamente de haber cometido un delito; o le hayan amenazado con violencia para obligarle a otorgar el testamento o a cambiarlo. También se podrá desheredar a aquellos hijos que le hayan negado los alimentos y cuidados necesarios o le hayan maltratado o injuriado gravemente.

En cualquier caso, no basta con incluir en el testamento cualquiera de estas razones para desheredar a un hijo, pues dichas razones sólo serán válidas si pueden ser probadas por los herederos, en el caso de que no puedan probarlas se dejaría el testamento sin efecto y se les darían a los hijos las dos terceras partes de la herencia de su legítima.

Espero que te haya sido de ayuda mi respuesta.

Jennifer Alarcón Abogada Abogado en Hellín

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La respuesta puede variar según el fuero del que estemos hablando. Pero en general, es inevitable no dejar la legítima a los hijos, salvo que exista causa de indignidad o de desheredamiento. Estos supuestos están tasados en el Código Civil y para el caso de los hijos son los siguientes:

- El que fuere condenado en juicio por haber atentado contra la vida del testador, de su cónyuge, descendientes o ascendientes.
- El que hubiese acusado al testador de delito al que la ley señale pena no inferior a la de presidio o prisión mayor, cuando la acusación sea declarada calumniosa.
- El heredero mayor de edad que, sabedor de la muerte violenta del testador, no la hubiese denunciado dentro de un mes a la justicia, cuando ésta no hubiera procedido ya de oficio.
- El que, con amenaza, fraude o violencia, obligare al testador a hacer testamento o a cambiarlo.
- El que por iguales medios impidiere a otro hacer testamento, o revocar el que tuviese hecho, o suplantare, ocultare o alterare otro posterior.
- Haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.
- Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra.

S&N assessors Abogado en Vilafranca del Penedès

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