Revisión sentencia divorcio

Realizada por Ana Belén D.R.. 31 dic 2014

Mi ex marido me ha dicho que pedirá una revisión de sentencia para quedarse con la custodia de nuestros hijos y así quedarse con la casa que le correspondió en el reparto de bienes. ¿Qué puedo hacer?

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Como le comentan los compañeros, su expareja está en su derecho de iniciar un procedimiento solicitando lo que le ha comentado, pero no menos cierto es que para que un juez modifique lo estipulado en una sentencia de divorcio, debe apreciar un cambio sustancial de las condiciones existentes en el momento en que se dictó sentencia. Especialmente el régimen de guardia y custodia de los hijos es bastante difícil que se cambie y más aun que la custodia pase de un progenitor a otro. Es decir, tiene más sentido intentar modificar la custodia monoparental por una custodia compartida a favor de los 2 padres, pero salvo casos muy especiales, no es nada habitual que la custodia pase de un progenitor a otro sin más.

Cuando le notifiquen la demanda, póngase en manos de un abogado.

Un saludo y quedamos a su disposición.
Juan Vicente

Vicente & Matanza Asesores y Consultores

Vicente & Matanza Abogado en Valladolid

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Apreciada Ana Belén: se pueden variar las medidas establecidas en una sentencia de divorcio y su marido tendrá que demandar forzosamente para poder hacerlo y acreditar un cambio de circunstancias que justifiquen su postura. Usted evidentemente puede oponerse si no está de acuerdo. Será el juez quien decida si se producen o no ese cambio de circunstancias que justifiquen el cambio de medidas. Por lo que usted comenta el cambio de circunstancias tendría que ser ostensible para que el juez le de la razón a él. Un saludo.

Queipo & Riego Abogados Abogado en Oviedo

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Buenos días.

El Recurso de Revisión es una acción perfectamente válida en nuestro ordenamiento. Le recomiendo que lo valore con el abogado que le ha levado el procedimiento.

Un saludo.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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Para que el Juez acuerde la modificación de las medidas definitivas establecidas en la Sentencia de divorcio, su ex tendrá que acreditar que han varidado de manera significativa las circunstancias que concurrieron cuando se dictó la Sentencia, y que éstas hacen aconsejable el cambio de guarda y custodia para el interés y bienestar de sus hijos.

En caso de presentar su ex la demanda de modificación, se la comunicarán a vd. para que en un plazo de 20 días pueda contestarla oponiéndose a esa modificación.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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