Recurso vía contencioso-administrativa

Realizada por Eric. 10 may 2016 Contencioso Administrativo

Os cuento mi caso, hace un año me robaron mi ciclomotor (está averiado, no arranca) dentro de mi garaje privado, de una casa particular, al ver que no arrancaba la abandonaron en la vía pública, la Policía Municipal procedieron a sancionarme por dejarla en la vía pública sin el seguro obligatorio, voy a hablar con los agentes que hicieron la denuncia, y ya estaba puesta y no podían hacer nada, que la recurriera.


Bueno hice una denuncia como que entraron en mi domicilio privado a robarme el ciclomotor y fui a recurrirla presentando la denuncia.


Al año me llega una carta de agencia tributaria que pague la multa, voy a mirar el estado del recurso y estaba denegado, me notificaron (pero a mí no me llego nada).


Ahora he puesto un recurso de reposición, y esperare haber que me dicen.


La cuestión es que me han comentado que puedo hacer un recurso contencioso contra la administración, pero no sé qué proceso seguir.


¿Cuánto me puede salir un abogado? ¿Puedo pedir uno de oficio?


¿En caso de perder el recurso, tendría que pagar los gastos del juicio?


¿Cuánto tiempo tengo para seguir con el recurso contencioso?

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Buenas Tardes Eric, le informamos que el plazo para presentar recurso contencioso administrativo es de 2 meses siguientes a la notificacion de la desestimación en vía administrativa del recurso potestativo de reposición. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Administrativo y Contencioso Administrativo, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

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El plazo para interponer un Recurso Contencioso Administrativo es de dos meses desde la publicación de la disposición o su notificación si es expresa y 6 meses si no lo fuera (Silencio Administrativo). Póngase en contacto con nosotros y estudiaremos su caso.

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