Quiero recupera la custodia de mi hijo, soy la madre

Realizada por cindy pardo lopez. 10 sep 2013

Pero le debo algunos meses de pensión porque tengo una bebé de 7 meses y por eso no trabajo.

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Entiendo que su economía esta mal, por lo que tendrá que demostrar que con sus ingresos puede manterner a sus dos hijos.
Otra opción es la guarda y custodia compartida, si se puede demostrar que sus circunstancias han cambiado, porqué no sabemos la causa por la que el padre tiene la guarda y custodia en exclusiva de su hija
Nos ponemos a su disposición para cualquier aclaración.
Saludos
M.Carmen Quintana Janina-Janina y Asociados

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Estimada Sra.:
Tendría Vd. que instar un procedimiento de modificación de medidas. Para ello dice la LEC, que solamente puede hacerse cuando hayan variado sustancialmente las medidas que se adoptaron en su día para el divorcio.
No aclara Vd. en que se basa para solicitar ahora la guarda y custodia de su hija, tendría que ser más explicita su pregunta.

Un saludo,

Josefina Santana, Abogados

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Buenos días, el hecho de que se existan retrasos en el pago de algunas mensualidades de la pensión de alimentos indica que quizás sus ingresos económicos son insuficientes para hacer frente a los gastos quer supone tener a su cargo a su hijo. Aún así debe existir un cambió sustancial en las circunstancias para que un Juzgado determine que se le puede otorgar la custodia a usted y retirársela al padre.
Para cualquier duda nos ponemos a su disposición.
Un saludo

Ferrandis Y Asociados Abogado en Valencia

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Comentarle que en este caso estaríamos hablando de un procedimiento de modificación de medidas, de las medidas convenidas en sentencia de divorcio; y al ser una modificación la Ley de Enjuiciamiento Civil nos dice que debe existir un cambio sustancial, no temporal, de lo convenido en la sentencia. Por lo que es imprescindible acreditar un cambio. Respecto a que en la actualidad se haya retrasado de alguna cuota inicialmente no es importante, lo que si es transcendental es que el hecho de que se haya retrasado denota que no una solvencia económica suficiente para mantener adecuadamente al menor.

Un saludo

María García Parla Abogada/advocada Abogado en Salou

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Buenos días,
El hecho de que debas la pensión no tiene por que ser un impedimento en principio, el problema en este caso es que eso es un indicador de que quizá tu economía no es lo suficientemente fuerte, y si la del padre le permite afrontar tranquilamente los gastos del niño y el juez considera que está por eso mejor con él no se va a modificar el régimen de guarda y custodia.
Para que se modificara tendría que existir un cambio de circunstancias con respecto al momento en el que la custodia se le otorgó al padre, y tendrías que demostrar que él no es apto para cuidar de vuestro hijo y que contigo estaría mejor, más aún con tu situación económica.

Para cualquier duda o consulta puedes ponerte en contacto con nosotros, incluso para llevar tu caso. Un saludo.

Jennifer Alarcón Abogada Abogado en Hellín

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Buenas tardes.

Entiendo que hay sentencia judicial al respecto. Por lo que comenta su situación no es buena para atender el cuidado y gastos de su hijo, por lo que aunque presentara demanda ante el juzgado, si su padre está en mejor situación que usted, no se obtendría ningún cambio, habiéndole costado más dinero por los gastos que conllevaría un proceso así.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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