Quiero alquilar un piso a un familiar y no tener problemas
Realizada por Manel Llops. 4 jun 2015
Buenos días,
Tengo un piso en propiedad que planifico alquilar a un familiar.
Él viviría con su novia.
Mi problemática reside en que ellos planifican casarse y tener hijos. ¿En caso de que tengan hijos y se separasen o divorciaran y el juez le diera la patria potestad a la actual novia, puedo quedar obligado a alquilarle el piso a ella (pagándolo entre los dos entiendo) hasta que el niño sea mayor de edad? ¿O bien sólo me pueden obligar a los tres primeros años de vigor del contrato?
No querría alquilar el piso a un precio inferior al de mercado por ayudarles y que luego se esté la chica de cachondeo ahí 17 años...
Gracias.
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Buenos días Manuel,
Independientemente de lo que decida un juez en sentencia relativa a la custodia de un menor, el contrato privado de alquiler que celebres con esos padres no te obliga a mantenerlo como indicas. Eso si, es importante que redactes un contrato de alquiler con las cláusulas muy claras, y detallas para evitar cualquier controversia que pueda aparecer en un futuro.
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En caso de separación, la cesión de uso obligatoria no implica el arrendamiento forzoso, así que como mucho solamente se podría quedar hasta la finalización del contrato en caso de que tuviera la custodia, pero eso sí, no podría aumentar el alquiler por ese hecho. Lo mejor es que en el contrato ponga por años renovables. De todos modos, no estaría de más incorporar una cláusula por la que se comprometan a entregar la vivienda en caso de separación, para que quede usted totalmente cubierto. Si desea cualquier aclaración o comentario, estoy a su disposición.
No debes preocuparte por las consecuencias de un divorcio en la pareja, ya que el plazo pactado en el contrato, y subsidiariamente lo previsto por la Ley de Arrendamientos Urbanos, se aplicaría con independencia de lo que decidiese un juez en la sentencia de divorcio.
El juez no puede obligarte a que le sigas arrendando el piso a uno de los progenitores hasta que los menores sean mayores de edad, menos aún si tu eres un tercero que no formas parte del proceso judicial y no puedes defenderte.
Según la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos el plazo máximo que podrían estar los inquilinos, sería de tres años, debiendo cumplir durante dicho plazo el pago de la renta estipulada y demás claúsulas del contrato. No obstante, treinta días antes de finalizar el plazo, debería notificar su voluntad de no renovarlo, en caso contrario, el contrato se prorrogará necesariamente durante un año más.
En caso de divorcio, el cónyuge al que le sea atribuida la vivienda, pasará a ser el titular del contrato durante el tiempo que reste, hasta completar el plazo estipulado en el contrato o el de los tres años señalados anteriormente.
La duración de la estadía de la pareja se limitará a los plazos que establezca el contrato de arrendamiento, por lo que no deberías preocuparte por posibles problemas derivados de un divorcio.